Orden Público

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Decretan medidas para garantizar la seguridad en Campoalegre, Huila

Las medidas se toman debido a la difícil situación de orden público que se reporta en esta localidad.

Las medidas se toman debido a la difícil situación de orden público que se reporta en esta localidad.

Las medidas se toman debido a la difícil situación de orden público que se reporta en esta localidad. / Web

Que en el consejo extraordinario de seguridad las autoridades del municipio de Campoalegre, en conjunto con la Fuerza Pública, analizaron la problemática relacionada con la seguridad y convivencia ciudadana, el orden público y el origen de los principales delitos que afectan a esta localidad, encontrando pertinente y necesario la adopción de medidas administrativas para garantizar la seguridad y convivencia de los habitantes.

Asimismo, se evaluaron las medidas a adoptar para prevenir los comportamientos contrarios a la seguridad y convivencia ciudadana, hacer frente a la delincuencia y evitar de esta manera el incremento de actos criminales, dada la situación actual que vive el país y el municipio de Campoalegre Huila.

Se oficializa el Decreto 049 de 2022 del 8 de Julio por el cual se adoptan medidas transitorias y preventivas, para la conservación de la seguridad y el orden público en el municipio de Campoalegre Huila y se dictan otras disposiciones:

  • Adoptar la medida temporal de restricción a la circulación del acompañante hombre en motocicleta, cuya edad sea igual o mayor de 18 años, en el horario entre las 7:00 PM hasta las 05:00 AM de la mañana siguiente, los 7 días de la semana en Campoalegre Huila. Esta medida a partir de la promulgación del presente Decreto y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.
  • Limitaciones en parques, corredores ambientales y plazas urbanas, donde se restringe las 24 horas del día, la permanencia y concentración de personas en parques, vías, corredores ambientales y plazas urbanas del Municipio de Campoalegre, que se encuentren consumiendo bebidas alcohólicas y/o embriagante.
  • Se prohíba la circulación de motocicletas sin su respectiva placa y que no cuenten con los accesorios para circular en condiciones de seguridad, y/o alteraciones de los mismos, tales como silenciador del exosto, luces y stop, la cual será inmovilizada.

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