Orden Público

Toque de queda

Toque de queda para menores en Turbaco durante el puente festivo

También aplica la restricción para mayores de edad pero con horarios

Toque de queda para menores en Turbaco durante el puente festivo

Toque de queda para menores en Turbaco durante el puente festivo(Colprensa)

Cartagena de Indias

El alcalde de Turbaco Guillermo Torres, por medio del decreto 162 del 28 de octubre de 2020, establece medidas y restricciones que regirán a partir del día 30 de octubre hasta el 2 de noviembre como medida preventiva para evitar un alza en los contagios de COVID-19.

Por consiguiente, no se permitirá la circulación de menores de 18 años a partir de las 2:00 pm desde el viernes 30 de octubre del presente año hasta las 11:59 pm del lunes 02 de noviembre. Así mismo, los mayores de 18 años quedarán con el siguiente horario: sábado 31 de octubre desde las 6:00 pm hasta las 4:00 am del 01 de noviembre; domingo 01 de noviembre desde las 3:00 pm hasta las 4:00 am del día 02 de noviembre; y lunes 02 de noviembre desde las 3:00 pm hasta las 11:59 pm de mismo día.

Los establecimientos comerciales podrán ejercer sus actividades hasta una hora antes del comienzo del toque de queda. Farmacias y restaurantes deberán comercializar sus productos por medio de domicilios para ello deberán gestionar permiso de circulación a través del correo secretariadegobierno@turbaco-bolivar.gov.co. De igual manera, durante el mismo período se declara ley seca, por lo que se prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas en toda la jurisdicción del municipio de Turbaco.

Se resalta que únicamente se permitirá la circulación, después de los horarios establecidos, a personas que se encuentren en situaciones de fuerza mayor o que estén debidamente justificadas. El incumplimiento de estas medidas conllevará a sanciones administrativas y policivas contempladas en la ley 1801 de 2016, además castigará severamente la especulación y acaparamiento que serán sancionados acorde al código penal.

Las medidas que entran en vigencia se encuentran articuladas con las recomendaciones dictadas por Ministerio de Salud y Protección social, Ministerio del Interior, la Consejería Presidencial para la niñez y la adolescencia y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

Para leer el decreto 162 del 28 de octubre de 2020 y consultar excepciones de circulación hacer click el siguiente enlace https://bit.ly/3eacwJ1.

Recordamos a la ciudadanía utilizar tapaboca; lavarse las manos y evitar el contacto de estás con ojos, nariz y boca; mantener distanciamiento social y evitar las aglomeraciones.

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