Juez ratifica suspensión de instalación de antena en el Centro de Cartagena
El togado encontró que las actuaciones del IPCC estaban ajustadas a la ley y que, no se ha vulnerado ningún derecho fundamental
Cartagena de Indias
La empresa Tower3 presentó una acción de tutela en contra el Instituto de Patrimonio y Cultura de Cartagena (IPCC) ante el Juzgado 16 Penal Municipal con Función de Control de Garantías, particularmente, por el proceso sancionatorio iniciado que conllevó a la suspensión de la instalación de la antena ubicada en la Calle del Arsenal.
La empresa señaló al juez que el IPCC había vulnerado su derecho fundamental de petición, libertad de oficio o profesión, debido proceso, seguridad jurídica y libertad a la iniciativa privada y actividad económica. Sin embargo, luego de que el Instituto presentara un informe detallado, describiendo las acciones adelantadas, el togado encontró que sus actuaciones estaban ajustadas a la ley y que, por ende, no se ha vulnerado ninguno de los derechos fundamentales anteriormente mencionados.
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El juez consideró que la suspensión efectuada por IPCC sobre la instalación de la antena se encuentra ajustada a la normatividad vigente y que además la consideraba como una medida razonable, lo que quiere decir que la medida adoptada resultó proporcional y necesaria. Así mismo, apuntó que en este caso tampoco ha operado el silencio administrativo positivo, tal como lo alega la empresa de telecomunicaciones.
Cabe resaltar que el Comité de Patrimonio Histórico y Cultural, que es un órgano asesor de la administración distrital y la autoridad cultural que otorga los conceptos previos sobre las intervenciones en el Centro Histórico, su área de influencia y la periferia histórica, emitió CONCEPTO PREVIO DESFAVORABLE respecto a la solicitud de Tower3 sobre las instalaciones de las antenas, incluida la de El Arsenal.