Juristas afirman que Alcalde debe tener equilibrio en decisiones
Abogados argumentan equivocación en comunicado de la Alcaldía que podría generar destitución

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Cúcuta
Los expertos en el derecho en la ciudad de Cúcuta han argumentado que en el ejercicio de poderes siempre debe haber un equilibrio, y las acciones que se hacen por parte de una administración deben estar apegadas siempre a la ley.
La reciente suspensión por parte de la personería municipal del Secretario de Tránsito por expedir una resolución que al parecer le competía a otra entidad, ha generado diversas reacciones que pueden retrasar los procesos que se iniciaron en la ciudad.
El exmagistrado Edgar Cortés, le dijo a Caracol Radio que en el caso del Alcalde Jairo Tomás Yáñez Rodríguez, se debe tener una asesoría legal para evitar caer en estas equivocaciones.
"Es importante que un Gobernador o un Alcalde tome las decisiones de un equilibrio que corresponde a la ley, y que los organismos de control no terminen en exceso por que termina perdiendo es la ciudadanía, es muy grave porque en derecho administrativo lo primero que debe hacer un jefe de oficina jurídica es el tema de competencia, porque de ahí se construye todo el tema de legitimidad de una decisión"
Afirmó que se debe continuar con las acciones por parte del mandatario y que por el bien de la ciudad se logre este equilibrio en la administración pública.
Sin embargo, algunos abogados han resaltado que todos los servidores públicos tienen prohibiciones establecidos en el código disciplinario, y en la carta que emitió el Alcalde de Cúcuta podría estar según los juristas incumpliendo esta norma.
Carlos Jaimes exconcejal de Cúcuta y abogado, le dijo a Caracol Radio que Jairo Yáñez en el documento que entregó a la opinión pública de la suspensión del Secretario afirma que la decisión del personero es impopular, cataloga esto como un ataque a la administración y el Alcalde lo único que tiene que hacer es acatar esta decisión.
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"Estas opiniones tratando de influir sobre las de iones del personero hacen parte de una prohibición que tienen todos los servidores públicos contemplas en el numeral 28 del artículo 35 del estatuto disciplinario ley 734 del 2002. Ahí se tipifica como falta grave y por eso le pido a la Procuraduría la suspensión inmediata del alcalde toda vez que está plasmado en su puño y letra ese comunicado y no hay más pruebas, el comunicado es claro y el trata de influir en la decisión del Ministerio Público y no la acata de manera espontánea si no que trata de restarle importancia a la decisión y por eso es bueno que el Alcalde se aparte de los casos”, dijo el abogado.
Afirmó que estas equivocaciones se estarían cometiendo por la inexperiencia que mantienen muchos funcionarios.




