Del 20 de septiembre al 20 de noviembre estará vigente la restriccion de parrilleros
Durante este tiempo se estudiará la medida para extenderla a otros barrios de Cartagena

Del 20 de septiembre al 20 de noviembre estará vigente la restriccion de parrilleros(flickr - Robert Schrader)
Cartagena de Indias
Mediante decreto No. 1424 del 20 de septiembre de 2016 se adoptan medidas restrictivas de circulación de vehículos tipo motocicletas para la conservación del orden público en los barrios Bocagrande, Manga, Laguito, Castillogrande, Cabrero, Crespo y Pie de la Popa.

Por eso se prohíbe la circulación con acompañante de los vehículos tipo motocicleta de cualquier modalidad y cilindraje, incluyendo las cuatrimotos, tricimotos y motocarros en las vías de esos barrios.
Se exceptúan de esta restricción a los vehículos tipo motocicleta de cualquier modalidad y cilindraje de propiedad de organismos de seguridad del Estado, Fuerzas Militares, Armada Nacional, Policía Nacional y Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía General de la Nación y los que ejerzan funciones legales de Policía Nacional, autoridades de tránsito y personas de organismos de socorro.
Se exceptúa de la prohibición las siguientes vías con el objeto de permitir el desplazamiento hacia los otros sectores de la ciudad no incluidos en el decreto:
Por el túnel de Crespo, desde el Anillo Vial hasta el retorno del Nuevo Puente del Túnel de Crespo frente a la estación de servicio Gazel. Hacia Torices por el puente Alfonso Romero Aguirre.
Avenida Santander desde el retorno del Túnel de Crespo hacia la Glorieta Santander.
Carrera Primera (Avenida Santander) tramo comprendido entre la Glorieta Santander hasta el Edificio Seguros Bolívar (Calle 15).
Tramo de la Calle 15 comprendido entre la carrera primera hasta la carrera segunda (Avenida San Martin).
Avenida San Martin, calzada derecha (Este), tramo comprendido entre la calle 15 hasta la Glorieta Santander, en sentido Sur-Norte.
Calle 47 desde la intersección con la Avenida Santander hasta la carrera 14 del barrio Torices.
Calle 41 (Avenida Rafael Núñez) desde la Avenida Santander (Las Tenazas) hasta la Avenida Luis Carlos López (India Catalina), en ambos sentidos.
Avenida Luis Carlos Lopez (Puerto Duro), desde la intersección con la Avenida Venezuela hasta la Avenida Daniel Lemaitre.
Avenida Concolón desde la Avenida Daniel Lemaitre hasta la Calle 30.
Calle 30 desde la intersección con la Avenida Concolón hasta la carrera 17 (en ambos sentidos).
Tramo de la Avenida del Lago comprendido entre la carrera 17 hasta la Transversal 38.
El conductor de esta clase de vehículos que transite por los barrios señalados será sancionado de conformidad con el artículo 21 de la ley 1383 de 2010, literal C, C14.
El decreto rige a partir de su publicación hasta el 20 de noviembre de 2016 y suspende durante su vigencia las disposiciones que le sean contrarias.



