Inician proceso contra responsables del inmueble colapsado en calle de La Magdalena
Se identificaron cambios sustanciales en la ubicación del sótano, que pueden contravenir lo dispuesto en los planos firmados y aprobados

(Colprensa)

Cartagena de Indias
Tras los hechos ocurridos el pasado 3 de mayo en la calle de la Magdalena del barrio Getsemaní, donde resultó desplomada una vivienda en proceso de restauración, el equipo técnico y especializado del IPCC realizó la inspección del mismo, identificando posibles violaciones como causa del derrumbe.
Una vez verificada la documentación que soporta la obra, el equipo de profesionales del IPCC determinó y verificó la existencia de licencia de construcción en la modalidad de Restauración de Fachada y Adecuación mediante Resolución No.0548 de 04 de diciembre de 2015 expedida por la Curaduría Urbana Distrital No.1, y Concepto Previo Favorable de Comité Técnico de Patrimonio según Acta 13 de Septiembre 01 de 2015.
Posibles violaciones
Durante la inspección, con respecto a lo que se planteó en el proyecto inicial presentado en comité técnico, se identificaron cambios sustanciales en la ubicación del sótano, que pueden contravenir lo dispuesto en los planos firmados y aprobados por comité de patrimonio cultural y lo escrito en el acta 13 de septiembre 01 de 2015, como también lo dispuesto en la Licencia de construcción en la modalidad de Restauración de Fachada y Adecuación. Resolución No.0548 de 04 de diciembre de 2015 de la Curaduría Urbana Distrital No.1.
De acuerdo con las observaciones del IPCC, una de las razones probables del desplome que se generó fue de tipo constructivo debido a que hubo manipulación del nivel freático lo cual pudo haber generado un asentamiento en la cimentación de la estructura de fachada, aumentando la fuerza de corte que no pudo ser absorbida por la estructura debido a su precario estado. Al parecer, el constructor, antes de intervenir el suelo de la edificación, debió consolidar la estructura y arriostrar transversalmente todos los muros, a fin de prevenir su desplome.
Por lo que el equipo técnico concluye que el desplome de la edificación, se debió probablemente a los errores cometidos, constructivamente, al momento de intervenir la cimentación. Por tal motivo, se recomienda al responsable de la obra restaurar la fachada con las mismas características que tenía al momento del colapso, respetando el ancho de muros y todos los detalles arquitectónicos del mismo, de acuerdo con la licencia de construcción que le fue aprobada. Igualmente, se le recomienda debe mediante el usos de los instrumentos legales pertinentes, resarcir los daños causados a los inmuebles vecinos, previa realización de un estudio patológico de la estructura de dichas edificaciones, a fin de dar una efectiva solución técnica a dichas afectaciones.
Como conclusión transversal y de conformidad con nuestra función de conservación de los bienes de interés cultural, la División de Patrimonio del IPCC iniciará actuación administrativa sancionatoria contra los responsables de la obra del inmueble colapsado en calle de la Magdalena, a fin de garantizar la recuperación del mismo en los términos que la norma urbanística y patrimonial determina.




