Justicia

JEP resuelve situación jurídica de más de 1.000 comparecientes no máximos responsables de crímenes

Con esta medida se archivan todos los expedientes judiciales y la persona queda con cero deudas con la justicia

JEP resuelve situación jurídica a comparecientes no máximos responsables

Bogotá

La Sala Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz concedió más de mil renuncias a la persecución penal para resolver la situación jurídica de comparecientes no máximos responsables en crímenes cometidos durante el conflicto armado.

De los 1.030 beneficiados 979 son comparecientes de la fuerza pública, el 95 % del total. La medida también ha cobijó a 46 comparecientes de las extintas Farc, 2 agentes del Estado no integrantes de la fuerza pública, 2 civiles colaboradores de las extintas Farc y 1 tercero civil.

Los comparecientes beneficiados estuvieron involucrados en 377 hechos, los cuales dejaron 643 víctimas directas en diferentes departamentos del país: Antioquia, Boyacá, Casanare, Caquetá, Cesar, Córdoba, Cundinamarca, Huila, Meta, Norte de Santander y Santander.

Estas decisiones tienen vocación de sentencia y corresponden a comparecientes de distintas regiones del país que cumplieron con el requisito de aportar verdad, reconocer responsabilidad, realizar acciones que contribuyan a la reparación simbólica de las víctimas y ofrecer garantías de no repetición.

Jurisdicción Especial para la Paz

¿Qué exige este beneficio?

Según explicó la JEP no es un beneficio gratuito, pues exige el cumplimiento de las obligaciones derivadas del régimen de condicionalidad y la realización de aportes a la satisfacción de los derechos de las víctimas que son el centro de esta justicia restaurativa. Los comparecientes deben seguir atendiendo los llamados de la Jurisdicción Especial para la Paz en caso de requerirse. Así mismo, deben solicitar permiso para salir del país.

¿Qué es la renuncia a la persecución penal?

Es una alternativa jurídica consagrada en el Acto Legislativo 01 de 2017 y en diversas leyes que regulan la actividad de la JEP. Se aplica junto con otras decisiones judiciales, como la preclusión transicional de la investigación y la extinción de la responsabilidad por cumplimiento de la sanción, con las que se han beneficiado 28 comparecientes, a la fecha.

La renuncia a la persecución penal está dirigida a comparecientes que no son máximos responsables. Es decir, personas que, aunque hayan participado en graves crímenes durante el conflicto, no tuvieron un rol principal o de liderazgo en el patrón macrocriminal investigado.

¿Qué pasa si incumplen?

Cualquier incumplimiento posterior comprobado a estas obligaciones del régimen de condicionalidad lleva a que la JEP revoque de manera inmediata de los beneficios, la pérdida de las libertades provisionales concedidas, la exclusión del Sistema y la remisión del proceso de vuelta a la justicia ordinaria.

Con estas decisiones, la Jurisdicción Especial para la Paz continúa avanzando en la definición de la situación jurídica de más de nueve mil comparecientes que no son máximos responsables que abarcan prácticamente la totalidad del territorio nacional.

Cristina Navarro

Cubre información judicial, derechos humanos,...