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Embargo de vivienda de interés social (VIS): ¿En qué casos NO se puede confiscar? Entérese

Le contamos todo lo que debe saber sobre los casos en los que se aplica o no el embargo de vivienda de interés social

Nelson Hernandez Chitiva

En el país existen varias opciones de obtener vivienda propia para todos los colombianos con diferentes líneas de acción. Una de ellas es la Vivienda VIS o de Interés social. Le contamos todo lo que debe saber.

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¿Qué es la Vivienda de Interés Social (VIS)?

La Vivienda de Interés Social (VIS) es un tipo de vivienda destinada a facilitar el acceso a la propiedad de familias con ingresos bajos o medios, especialmente aquellas que no cuentan con los recursos suficientes para adquirir una vivienda de mercado convencional. A través de diferentes programas y subsidios, el Gobierno Nacional y las cajas de compensación familiar ofrecen a los colombianos la oportunidad de acceder a viviendas nuevas a precios accesibles.

El subsidio familiar en Colombia es el apoyo más antiguo del país, entregado desde 1952 por las cajas de compensación familiar. Este subsidio tiene como objetivo mejorar las condiciones de vida de los trabajadores y sus familias, a través de diversos beneficios, entre ellos, los subsidios para la vivienda VIS.

Hablando del tema de embargos, le contamos cuáles son los casos en los que se pueden embargar bienes inmuebles:

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Casos en que se puede embargar una vivienda:

En Colombia el patrimonio de familia inembargable y la vivienda familiar son unas afectaciones que implican que el inmueble no puede ser embargado por cualquier tipo de deuda.

Solo existen dos casos en que procedería un embargo:

  • Cuando la deuda fue adquirida antes de constituir el patrimonio de familia o la vivienda familiar
  • Cuando el inmueble fue comprado justamente con un crédito. A pesar de que ese inmueble hipotecado o comprado con crédito esté con vivienda familiar, o sea de patrimonio familiar, puede igualmente ser embargado por el deudor o prestamista inicial.

¿En qué casos una vivienda VIS se puede embargar?

Las Viviendas de Interés Social (VIS) cuentan con una protección legal denominada patrimonio de familia inembargable, la cual se constituye obligatoriamente por ley al momento de la compra.

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¿Se puede embargar una vivienda VIS?

Al estar protegida la vivienda como un patrimonio de familia, la vivienda no puede ser objeto de embargo, secuestro o remate por deudas comunes. Sin embargo, existen excepciones críticas donde el embargo sí procede:

  • Crédito Hipotecario: La entidad financiera que otorgó el préstamo para la compra, construcción o mejora del inmueble sí puede embargarlo si el propietario incumple con las cuotas.
  • Deudas de Alimentos: En casos excepcionales, la protección puede ceder ante obligaciones alimentarias para proteger el mínimo vital de los hijos.
  • Impuestos específicos: Si bien hay restricciones, deudas directas relacionadas con el inmueble (como el impuesto predial) podrían eventualmente generar medidas si no se gestionan adecuadamente.

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Bogotá

Marylin León

Comunicadora Social y Periodista egresada de...