¿Qué pasa si cotiza más semanas de las requeridas? Así aumenta la pensión sin importar el salario
La ley establece un mecanismo para que la pensión de los cotizantes aumente, así el sueldo percibido haya sido bajo; sin embargo, hay un techo para este beneficio.
¿Qué pasa si cotiza más semanas de las requeridas? Así aumenta la pensión sin importar el salario. Getty Images
El Sistema General de Pensiones en Colombia continúa en 2026 bajo el mandato de la Ley 100 de 1993, pese a que la reforma pensional del Gobierno fue aprobada por el Congreso. La nueva norma en materia pensional se encuentra pausada por la Corte Constitucional, mientras esta revisa si su contenido se apega a lo establecido por la carta magna nacional.
La entrada en vigencia de la reforma afectaría situaciones clave como la edad y semanas máximas requeridas para pensionarse, las cuales, bajo la Ley 100, funcionan de la siguiente manera:
- Hombres: 1.300 semanas / 62 años
- Mujeres: 1.250 semanas (en 2026) / 57 años
Cabe destacar que, por sentencia de la Corte Constitucional (C-197 de 2003), ya rige la reducción gradual de 50 semanas por año para mujeres en Colpensiones a partir de 2026, hasta llegar a 1.000 en 2036; adicionalmente, se aplica el beneficio de reducir 50 semanas por hijo (el máximo son 3, con bonificación de hasta 150 semanas).
¿Qué pasa con las semanas extras cotizadas?
Aunque muchas personas en Colombia se esfuerzan por llegar a las semanas cotizadas, existen casos en los que estas se consiguen antes de la edad de pensión. En estos casos, según el funcionamiento del Sistema General de Pensiones, las semanas cotizadas adicionales tienen impacto en el monto de la pensión, dependiendo de si la persona se encuentra en el régimen público o en el privado.
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Según explica el Ministerio de Salud y Protección Social, en ningún caso se devuelven los aportes que sobrepasen el número mínimo de semanas exigidas para la pensión por vejez en el régimen público, dado que dichos aportes funcionan para el financiamiento y hacen parte del Fondo Común de Naturaleza Pública.
Sin embargo, la cartera destaca que el monto de la pensión se incrementa con base en las semanas que se hayan cotizado por encima del número mínimo requerido. En ese sentido, cabe recordar que el monto se calcula siguiendo el Ingreso Base de Liquidación (IBL), el cual contempla el promedio de salarios o rentas sobre las cuales cotizó los últimos 10 años (actualizados por IPC), antes del reconocimiento de la pensión.
Las pensiones en Colombia parten de un 65 % del IBL teniendo las semanas mínimas, pero, como lo establece la Ley 797 de 2003, por cada 50 semanas cotizadas adicionales, este porcentaje aumenta un 1,5 % hasta un máximo del 80 %. Luego de este límite no se presenta ningún incremento y el único impacto se vería en el cálculo del IBL, si se incluyen salarios más altos en los últimos años.
Semanas extras en los fondos de pensiones
Por otra parte, en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), gestionado por los fondos privados (AFP), la situación es distinta en el caso de tener semanas extras a las requeridas, dado que no existe un techo estricto se semanas como ocurre en Colpensiones.
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En las AFP, el requisito esencial es acumular suficiente capital para financiar una pensión equivalente al menos al 110 % del salario mínimo mensual, cumpliendo con la garantía de pensión mínima.
En este caso, más semanas representan un aumento de aportes en la cuenta individual, lo que impacta directamente el capital disponible para la pensión, generando un mayor ahorro y mesada.