Neiva fija reglas para la publicidad electoral de cara a las elecciones de 2026
El decreto limita vallas, pasacalles y cuñas, y prohíbe propaganda en zonas clave de la ciudad.

Diana Margarita Morales Cortés, directora de Justicia. La Alcaldía de Neiva estableció límites y zonas prohibidas para la publicidad electoral durante el proceso de 2026.
La Alcaldía de Neiva expidió el Decreto 0019 de 2026, mediante el cual estableció las normas que deberán cumplir los partidos, movimientos políticos y comités ciudadanos para la publicidad electoral durante las elecciones al Congreso de la República y las consultas interpartidistas presidenciales, previstas para el 8 de marzo de 2026.
La medida busca garantizar el orden urbano, la equidad entre las campañas y la reducción de la contaminación visual en la ciudad. Así lo explicó la directora de Justicia, Diana Margarita Morales Cortés, quien señaló que el decreto fija límites claros para la exposición de material proselitista en el espacio público.
Según la norma, cada partido o movimiento podrá instalar hasta 14 vallas publicitarias, con un área máxima de 48 metros cuadrados, además de dos pasacalles por comuna, con una distancia mínima de 100 metros entre ejes viales, y cinco pendones por candidato. Para su instalación será obligatorio solicitar un permiso previo ante el Departamento Administrativo de Planeación Municipal.
En cuanto a la publicidad en medios de comunicación, el decreto autoriza un máximo de 70 cuñas radiales y 70 cuñas televisivas, con duración de hasta 30 segundos cada una. También se permitirá la publicación de cinco avisos diarios por campaña en prensa escrita y la publicidad móvil, esta última sujeta a autorización de la Secretaría de Movilidad.
El acto administrativo también define zonas prohibidas para la propaganda electoral, entre ellas la calle Cuarta, la Avenida La Toma, la carrera Octava y la Avenida Circunvalar, salvo las sedes oficiales de los candidatos. Asimismo, se prohíbe instalar publicidad en separadores viales, zonas verdes, postes, puentes, parques, rondas hídricas, murales y puestos de votación.
El incumplimiento de estas disposiciones acarreará el retiro inmediato del material y la imposición de sanciones conforme a la ley. Además, una vez finalizada la jornada electoral, las campañas tendrán 48 horas para retirar toda la publicidad instalada.



