Consejo de Estado pone plazo a la CRC para explicar medidas para regular alocuciones presidenciales
El plazo otorgado por el alto tribunal fue de tres días.

Discurso del Presidente Gustavo Petro / Consejo de Estado / CRC (créditos: GettyImages, Consejo de Estado y CRC)
El Consejo de Estado le dio un plazo de tres días a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) para que informe sobre las medidas adoptadas tras el fallo que puso límites a las alocuciones presidenciales, bajo criterios de urgencia y excepcionalidad.
En la misma decisión judicial, se le ordenó a la CRC verificar previamente el cumplimiento de esos parámetros y, de encontrar irregularidades, impedir la transmisión de las intervenciones.
“La alocución debe responder a una justificación o razón suficiente, lo que implica que la solicitud debe corresponder a circunstancias urgentes […] La alocución presidencial no puede ser recurrente, por ejemplo, en el mismo intervalo semanal. La situación de la alocución debe ser limitada temática y temporalmente”, se lee en el fallo del Consejo de Estado.
La controversia por las alocuciones presidenciales cobró fuerza en 2025, cuando varios ciudadanos interpusieron tutelas al considerar que el uso reiterado y desproporcionado de estos espacios por parte del presidente Gustavo Petro había vulnerado el derecho fundamental a la información.
El Consejo de Estado falló en octubre de ese año que dichas intervenciones debían limitarse a situaciones de urgencia real y justificación clara, tras determinar que su frecuencia, duración y alcance estaban más allá de lo que permite la legislación vigente.
La polémica
La polémica se intensificó cuando la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) empezó a negarle al presidente la transmisión de algunas alocuciones por no cumplir con los criterios de urgencia y excepcionalidad, lo que llevó incluso a que el presidente calificara esas decisiones como “censura” y a que medios públicos pidieran tumbar el fallo que restringió estos mensajes.




