Justicia

Víctimas notificaron a la Corte que interpondrán recurso de casación contra fallo que absolvió a Álvaro Uribe

Tendrán 30 días para radicar la demanda en la sala de casación penal.

Iván Cepeda le pidió al expresidente Álvaro Uribe que se dedique a desvirtuar las pruebas en su contra por una supuesta manipulación de testigos. Foto: Colprensa

Iván Cepeda le pidió al expresidente Álvaro Uribe que se dedique a desvirtuar las pruebas en su contra por una supuesta manipulación de testigos. Foto: Colprensa(Thot)

La bancada de víctimas en en el proceso judicial del expresidente Álvaro Uribe Vélez ha notificado formalmente a la Corte Suprema de Justicia que interpondrá un recurso extraordinario de casación contra el fallo del Tribunal Superior de Bogotá que absolvió al expresidente Álvaro Uribe Vélez de los delitos de soborno en la actuación penal y fraude procela.

El senador Iván Cepeda, considerado como la principal víctima en este caso, al igual que Deyanira Gómez, exesposa del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve y el exfiscal y ahora exministro de Justicia, Eduardo Montealegre tomaron la determinación de ir a casación para que la máxima autoridad judicial corrija errores que considera como graves en la sentencia emitida en segunda instancia.

Lea también: El Tribunal Superior de Bogotá declara inocente a Álvaro Uribe Vélez por soborno y fraude procesal

Ahora, tendrán 30 días para radicar la demanda en la sala de casación penal. De admitirse, la alta corte tendría un termino de hasta cinco años para un pronunciamiento de fondo.

El ahora también precandidato presidencial Iván Cepeda advirtió de una ausencia de valoración probatoria en los hechos jurídicamente relevantes del caso.

La segunda instancia incurrió en errores de hecho al momento de apreciar y valorar las pruebas, primero, se abstuvo de valorar y apreciar pruebas practicadas en el juicio y, segundo, a otras les dio un valor que no tenían, distorsionando y tergiversando su contenido. Estos yerros repercutieron en la motivación y en la decisión adoptada por la segunda instancia, y la llevaron, equivocadamente, a revocar la decisión condenatoria, de primera instancia”, dijo.

Decisión de admisibilidad:

  • Si admite: fija audiencia para que las partes sustenten (máximo 10 minutos cada una). Luego el ponente presenta proyecto de fallo y la Sala vota. Puede:
  • Improbar: se designa nuevo ponente, se elabora ponencia en sentido contrario y se vuelve a votar. Aprobado el fallo, se cita a lectura de la decisión definitiva.
  • Si inadmite: es un examen solo formal.

Insistencia ante inadmisión:

La parte inconforme puede pedir al Procurador que insista ante la Corte:

  • El Procurador puede no insistir.
  • Si insiste, la Corte puede mantener la inadmisión o acoger la insistencia y tramitar la admisión.

Tiempos orientativos:

  • Admisión: suele tardar entre 6 y 18 meses.
  • Decisión de fondo: puede tomar varios años, normalmente entre 3 y 5 años.
  • Término máximo legal para fallar: 5 años (si no hay fallo en ese lapso, opera la prescripción; en la práctica, no suele ocurrir).

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