Ciencia y medio ambiente

Gobierno reglamenta mecanismos de restauración ecológica y creación de bosques en el país

Se trata de las áreas que se establecerán en ecosistemas estratégicos como páramos, humedales, manglares y bosques secos tropicales

Gobierno reglamenta mecanismos de restauración ecológica y creación de bosques en el país

Gobierno reglamenta mecanismos de restauración ecológica y creación de bosques en el país / apos tophy

El ministerio de ambiente expidió la resolución que reglamenta la ley de áreas de vida, con el fin de fortalecer la restauración ecológica, la creación de bosques y la conciencia ambiental en la ciudadanía, las empresas, y alcaldías y gobernaciones.

Esta norma no se limita a la siembra de árboles, sino que comprende un proceso que incluye mantenimiento, monitoreo y seguimiento durante los dos primeros años, asegurando la supervivencia del material vegetal y la consolidación de bosques sostenibles.

El ministerio de ambiente definió que estas áreas de vida se establecerán en ecosistemas estratégicos como páramos, humedales, manglares y bosques secos tropicales, priorizando la recuperación de zonas degradadas.

En el caso de las empresas medianas y grandes, deberán implementar programas de siembra con los componentes técnicos que establece la ley, mientras que las autoridades ambientales y municipales articularán esfuerzos para su gestión, control y supervisión.

Frente al escenario de la participación ciudadana, a través de los certificados “Siembra Vida Buen Ciudadano“ y “Siembra Vida Empresarial”, se reconocerán los aportes individuales y corporativos a la restauración de los ecosistemas del país; esto también incluye la participación de autoridades y comunidades indígenas en la identificación y manejo de estas áreas, respetando sus conocimientos tradicionales y su visión.

La ley establece que las autoridades ambientales deberán articularse con las autoridades municipales y distritales para identificar las áreas de vida, y a partir de allí deberán realizar la delimitación, y además deberán establecer una convocatoria invitando a los propietarios de predios privados para postular su terreno con el fin de crear áreas de vida, bienes de sentido realizar acuerdos de conservación.

Una vez se limiten estas zonas, se debe definir un calendario para las jornadas de plantación o siembra por parte de las medianas y grandes empresas, en la comunidad y las instituciones, y en dichas áreas podrán establecerse plantaciones forestales protectoras y otros productos no maderables para comercialización y consumo; se define que estos arreglos serán objeto de prácticas silvicultor Urales para su mantenimiento y la madera que de ellas se obtenga no podrá ser objeto de comercialización, pero sí de uso en el mismo predio.

Todos los procesos de restauración serán registrados en el registro único de ecosistemas y áreas ambientales, para garantizar la transparencia y trazabilidad en el seguimiento de los compromisos.

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