Justicia

¿Qué es la segunda instancia y por qué se decidirá nuevamente el futuro judicial de Álvaro Uribe?

El Tribunal Superior de Bogotá verificó la sentencia emitida el pasado 1 de agosto por la juez 44 penal de conocimiento, Sandra Liliana Heredia.

Álvaro Uribe Vélez (Fotos: Mariano Vimos, Colprensa).

Álvaro Uribe Vélez (Fotos: Mariano Vimos, Colprensa).

Este martes 21 de octubre Colombia conocerá la decisión de segunda instancia frente al proceso judicial del expresidente Álvaro Uribe Vélez, condenado, en primera instancia, por soborno en la actuación penal y fraude procesal.

Fue la fecha que fijó el Tribunal Superior de Bogotá para dar a conoce la decisión que adoptó luego de revisar si fue o no correcta la sentencia emitida el pasado 1 de agosto por la juez 44 penal de conocimiento, Sandra Liliana Heredia.

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La segunda instancia nace por la necesidad de estudiar los recursos de apelación interpuestos por la defensa -liderada por Jaime Granados- y la Procuraduría - el delegado Bladimir Cuadro- que consideraron injusto sentenciar al líder del Centro Democrático a 12 años de prisión domiciliaria.

Los magistrados Manuel Antonio Merchán Gutiérrez; Alexandra Ossa Sánchez y María Leonor Oviedo Pinto, fueron los encargados de estudiar los argumentos y decidir, por segunda vez, el futuro judicial del exmandatario que gobernó a los colombianos durante los años 2002-2010.

¿A qué se enfrenta el expresidente Uribe con la segunda instancia?

El penalista Juan Felipe Criollo explicó a Caracol Radio: “la segunda instancia no es más que la verificación por un juez superior o de mayor jerarquía una decisión de primera instancia y en este caso se van a revisar varios aspectos. El primero es si el expresidente Uribe es o no culpable. Entonces se puede dar una absolución total, se puede dar una condena total o una condena parcial, es decir, por alguno de los eventos y por alguno de los delitos, o si por el contrario una condena en su totalidad confirmando la decisión de primera instancia”.

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Agregó: “También se va a revisar el lugar en donde se va a purgar una pena en caso de que el sentido sea condenatorio, bien sea intramural en un centro carcelario o domiciliario como ya lo había hecho la juez de primera instancia. Y por último se va a revisar el quantum de la pena, es decir, el número de años que pagaría el expresidente en caso de que salga condenado. Pues en caso de que salga absuelto no habrá ningún día de pena, pero si sale condenado tendrán que mirar ese quantum, si es exactamente el mismo de primera instancia y se confirma o si por el contrario se hace alguna modificación generando una rebaja en esa pena de 12 años inicialmente impuesta".

La acusación de la Fiscalía

El exmandatario fue señalado por la Fiscalía de ser, a través del abogado Diego Cadena, el “determinador de una serie de peregrinajes en las cárceles del país buscando testigos falsos contra Iván Cepeda”, y que cambiaran las versiones entregadas a la justicia que lo vinculaban con grupos paramilitares.

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