Corte Suprema cuestiona a la Constitucional por la tutela de Bernardo Moreno para tumbar condena
El tribunal penal no está de acuerdo con los “conceptos técnicos” externos que se han pedido para estudiar el caso del exsecretario condenado por la “Yidispolítica”.

Conceden la libertad a Bernardo Moreno. Foto: Colprensa(Thot)
JUSTICIA
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia manifestó su fuerte objeción a la solicitud de la Corte Constitucional de obtener “conceptos técnicos” externos sobre un asunto legal dentro de una acción de tutela.
El asunto en cuestión es el de Bernardo Moreno, exsecretario de la presidencia de Álvaro Uribe Vélez, condenado por la “Yidispolítica”.
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El recurso de tutela de Moreno Villegas es contra un fallo de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia que lo condenó a 5 años y 7 meses de prisión por el delito de tráfico de influencias de servidor público en modalidad continuada entre 2004 y 2010.
Con esta acción de tutela, Moreno Villegas pretende tumbar dicha condena al poner a consideración de la Corte Constitucional su derecho al debido proceso al asegurar que prescribió la acción penal en delitos continuados. Este recurso fue aceptado por el Tribunal por considerar que es necesario pronunciarse en esta materia.
¿Por qué la Corte Suprema crítica a la Corte Constitucional?
La Corte Suprema de Justicia argumenta que en el expediente de la tutela de Moreno, el magistrado sustanciador Juan Carlos González, solicitó una serie de conceptos técnicos externos, es decir conceptos a facultades de derechos y colectivos de abogados para resolver este caso.
Para la Sala Penal, este tipo de conceptos “externos” socavan la autonomía judicial, la seguridad jurídica y la doctrina establecida de tutela contra providencias judiciales.
La Sala considera que la solicitud de conceptos técnicos externos por parte de la Corte Constitucional, interfiere con su capacidad de tomar decisiones judiciales de manera independiente y basada en su propio conocimiento y experiencia.
“Resulta equivocado, por lo tanto, decretar pruebas técnicas de carácter jurídico, dentro de un trámite sobre derechos fundamentales, con destino a un juez que tiene la competencia normativa para decidir sobre el alcance de los derechos fundamentales”, indicó la carta de la Sala Penal a la Corte Constitucional.
La Corte Suprema también señala que la doctrina de tutela contra providencias judiciales establece límites claros a la intervención de la Corte Constitucional en decisiones judiciales de otras instancias.
“El proceso de amparo no es el escenario para la construcción de la jurisprudencia de una u otra materia, cuya competencia es otorgada por la Constitución a otras autoridades judiciales. Siendo ello así, no se observa la razón para decretar una prueba que, por su contenido, tiene que ver con la propia competencia jurídica del juez de tutela” se lee en la comunicación", dice la Corte Suprema.
Mientras la Corte Constitucional decide de fondo, Moreno Villegas seguirá pagando la condena en prisión domiciliaria, por presuntamente sobornar a funcionarios para la reelección de Uribe Vélez.




