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Desde cuándo prohibirán los toros coleados y peleas de gallos: multas y explicación Ley 2385 de 2024

Esta Ley busca garantizar la protección y el respeto de los animales. Conozca aquí los detalles de la prohibición.

Es oficial: la prohibición de las corridas de toros será ley en Colombia. #NoMásOlé. Vía: Senador Alex Flórez.

Es oficial: la prohibición de las corridas de toros será ley en Colombia. #NoMásOlé. Vía: Senador Alex Flórez.

La Sala Plena de la Corte Constitucional ratificó la Ley 2385 del 2024 en la que se prohíbe las corridas de toros, rejoneo, novilladas, becerradas y tientas en Colombia con el objetivo de buscar una transformación cultural con respeto de los animales.

Además, está decisión determinó que también quedan prohibidas las actividades sobre los toros coleados, las corralejas y las peleas de gallos.

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¿Qué dice la Ley 2385 del 2024?

La Ley 2385 de 2024, conocida como "Ley No Más Olé“, prohíbe las corridas de toros y actividades afines. Tras la decisión del Alto Tribunal se extendió esta prohibición a otras prácticas que inicialmente habían quedado por fuera como los toros coleados, las corralejas y las peleas de gallos.

Con esta determinación, Colombia avanza hacia una política más estricta en contra del maltrato animal, pese a que históricamente estos espectáculos han sido defendidos como parte de la identidad cultural de varias regiones del país .

¿Desde cuándo quedará prohibido?

La Corte Constitucional determinó que la restricción a los toros coleados, las corralejas y las peleas de gallos entrará en vigencia en un plazo de tres años a partir de la sentencia, lo que significa que su prohibición efectiva se aplicará hacia el año 2028.

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¿Cuáles son las multas y sanciones que dice esta Ley?

Aunque la Ley 2385 no fija directamente las sanciones económicas o penales para quienes incumplan esta medida, su aplicación se articula con el marco jurídico ya existente para la protección animal en Colombia que es:

Ley 84 de 1989 (Estatuto Nacional de Protección de los Animales): establece sanciones administrativas y multas para quienes maltraten o exploten animales.

Ley 1774 de 2016: tipificó el maltrato animal como delito, con penas que pueden ser multas que van desde 5 y 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes para actos que no causen la muerte o lesiones graves, hasta la prisión en los casos más graves.

La Corte afirmó que esta decisión no vulnera el derecho a la diversidad cultural

  • La Corte Constitucional determinó que el bienestar animal es un valor constitucional que prevalece sobre las tradiciones culturales cuando estas implican sufrimiento o violencia.
  • Además, afirmó que la prohibición no vulnera derechos como la diversidad cultural, la libertad de expresión o la propiedad privada.
  • El plazo de tres años es necesario para que los municipios y comunidades realicen procesos de reconversión cultural, laboral y económica, de manera que quienes dependen hoy de estas prácticas puedan encontrar alternativas para su sustento.

Tras la decisión del tribunal, las consecuencias serán especialmente visibles para departamentos como Meta, Casanare, Santander, Bolívar y Sucre, pues los toros coleados, las corralejas y las peleas de gallos hacen parte de las fiestas patronales y ferias municipales. Además, sectores taurinos y quienes participan de estas actividades advierten que se trata de un golpe cultural y económico para las regiones, y reclaman que se garantice el acompañamiento estatal en el proceso de transición.

Sin embargo, para los defensores de animales, esta medida representa un triunfo histórico para Colombia en cuanto a la protección animal.

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