Consejo de Estado frena intento del Invías de cobrar valorización en vía Barranquilla–Cartagena
El Consejo de Estado señaló que la acción presentada por el Invías no cumplía con los requisitos de procedibilidad.

Vía al Mar entre Barranquilla y Cartagena./ Foto: ANI Colombia
El Consejo de Estado declaró improcedente la tutela que el Instituto Nacional de Vías (Invías) había interpuesto para buscar el cobro de la contribución de valorización a los habitantes vecinos de la vía Barranquilla–Cartagena, a pesar de que el Tribunal Administrativo del Atlántico había suspendido dicho cobro.
En su decisión, el alto tribunal advirtió que el Invías pretendía “revivir un debate jurídico que ya había sido objeto de decisión en la jurisdicción contenciosa” y que, por lo tanto, no se configuraba una vulneración de derechos fundamentales que justificara la tutela.
Argumentos de la Sala
El Consejo de Estado señaló que la acción presentada por el Invías no cumplía con los requisitos de procedibilidad. “La entidad demandante no acreditó la existencia de un perjuicio irremediable ni la necesidad urgente de una medida de amparo”, puntualizó la providencia.
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De igual forma, se recordó que el Tribunal Administrativo del Atlántico ya había decretado la suspensión provisional del cobro de valorización, por lo que la tutela resultaba un mecanismo paralelo e inadecuado. Según el fallo, “no es función de la acción de tutela reemplazar los recursos ordinarios y extraordinarios previstos por la ley para controvertir las decisiones judiciales”.
Cierre del proceso
Con esta decisión, el Consejo de Estado mantiene vigente la suspensión del cobro de valorización decretada por el Tribunal del Atlántico y reafirma la imposibilidad de que el Invías recurra a la acción de tutela para insistir en la medida.




