Justicia

Magistrado Ramiro Riaño se declara impedido para fallar tutela sobre libertad de expresidente Uribe

El togado plantea un supuesto conflicto de intereses.

Magistrado Ramiro Riaño se declara impedido para fallar tutela sobre libertad de expresidente Uribe

El magistrado Ramiro Riaño, de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, se declaró impedido para decidir sobre la tutela que interpuso la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez para intentar tumbar su detención domiciliaria, hasta tanto quede en firme la condena de 12 años por fraude procesal y soborno en la actuación penal.

Tal como ocurrió en febrero, cuando le correspondió estudiar una tutela que pedía apartar del caso a la juez Sandra Heredia por supuesta falta de imparcialidad, el togado volvió a plantear un supuesto conflicto de intereses.

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Riaño se apartar del conocimiento de la tutela, dado que, su esposa fue nombrada en 2013 fiscal en Zipaquirá, por el entonces fiscal general Eduardo Montealegre, víctima en este proceso.

"Estimo encontrarme incurso en la causal 1ª, como quiera que, mi compañera permanente Luz Adriana Gutiérrez Mejía fue nombrada en el año 2013, como Fiscal Local en provisionalidad, en el municipio de Zipaquirá – Cundinamarca, época para la cual el Dr. Montealegre Lynett se desempeñaba como Fiscal General de la Nación. 16. Es así porque, desde mi fuero interno, estimo la existencia de una tensión entre la gratitud por aquella vinculación y la absoluta imparcialidad que demandan las decisiones judiciales".

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También pone de presente la denuncia interpuesta en su contra por Eduardo Montealegre, cuando suspendió las audiencias de juicio antes de declararse impedido y mientras se resolvia de fondo.

"Ese acto de denuncia me convierte en contraparte del prenombrado ciudadano, pues es la base del proceso penal y principal fuente de prueba de la Fiscalía, adicional a las decisiones que yo adopté; máxime cuando afirmó que se constituiría como víctima dentro de la actuación una vez se le permitiera, con lo cual surge el impedimento, previsto en la causal 4ª enunciada, para conocer el presente asunto en la forma que lo exige la administración de justicia“, señaló.

Así las cosas, la acción constitucional será estudiada por los magistrados Leonel Rogeles y Aura Alexandra Rosero.

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