MinTransporte investigará muerte de Maxi en flota: Esto debe hacer para llevar a su perro en cabina
El superintendente de Transporte mencionó que trabajan para proteger a los ciudadanos y a los animales que se movilicen en medios de transporte público y prestarán especial atención al caso.

Maxi - Comunicado de Copetran - Cortesía redes sociales
Maxi falleció en los últimos días luego de que sus dueños tomarán una flota con destino a la ciudad de Medellín y él fuera ubicado en el maletero. Esto ocurrió pese a que los adoptantes intentaron llevar al perrito en cabina junto a ellos, sin embargo, el conductor del bus de transporte terrestre, al parecer, no habría permitido la solicitud. Y tras unas horas del viaje, durante una parada, evidenciaron que Maxi se encontraba en pésimas condiciones. Ahora, el MinTransporte ha tomado la decisión de abrir una investigación contra la empresa que transportó a la familia.
Así lo indicó el Ministerio de Transporte: “La Superintendencia de Transporte informa a la opinión pública que, frente al lamentable caso reportado sobre el fallecimiento de una mascota durante un viaje realizado por la empresa Copetran, ha iniciado averiguaciones preliminares con el objetivo de esclarecer los hechos y determinar posibles responsabilidades”
Por su parte, Alfredo Enrique Piñeres Olave, superintendente de Transporte, mencionó que trabajan para proteger a los ciudadanos y a los animales que se movilicen en medios de transporte público y prestarán especial atención al caso. “Rechazamos cualquier situación que ponga en riesgo la integridad de los usuarios y usuarias y la de sus mascotas. Por eso, desde la Superintendencia hemos iniciado las averiguaciones necesarias para esclarecer este caso y garantizar que se respeten los derechos de los pasajeros y pasajeras, sin excepción”
El hecho se ha vuelto viral en redes sociales, y ha puesto en duda la regulación de los buses de transporte público terrestre, dado que en el país varios perritos han fallecido por ser transportados en el maletero. Al respecto, la empresa Copetran indicó que comenzó también una investigación para identificar los hechos y determinar si presentaron fallas. “Nuestra política de viaje con mascotas es clara y firme. Rechazamos rotundamente este tipo de situaciones. Con el fin de esclarecer lo sucedido, se abrió una investigación y se tomarán las medidas correspondientes”.
Ahora bien, la veterinaria a la que fue llevado Maxi poco antes de fallecer señaló que murió tras padecer una asfixia. La cual habría ocurrido por un golpe de calor en el maletero. Por el momento, se ha atribuido la responsabilidad al chofer.
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Recomendaciones del Ministerio de Transporte para poder llevar a su mascota en la cabina de una flota:
En el pasado, el Ministerio de Transporte detalló que ha aumentado de manera considerable el desplazamiento de mascotas en buses de transporte público entre ciudades. Ante esta situación, compartió una lista de recomendaciones que los ciudadanos deben tener en cuenta:
1. El usuario debe informarse previamente y seguir al pie de la letra las políticas establecidas por la empresa prestadora del servicio, sobre las condiciones para el transporte de su mascota.
2. La Ley 1801 de 2016 establece que los ejemplares caninos deben ir sujetos por una correa y provistos de bozal cuando se trate de perros potencialmente peligrosos.
3. El usuario deberá transportar las mascotas en guacales o contenedores debidamente destinados a su movilización. Cuando se trate de animales pequeños, este elemento podrá ser cargado por el dueño.
4. Muchas empresas tienen restricciones relacionadas con las medidas del guacal o contenedor, así como las características del mismo, tales como su rigidez o un número determinado de respiraderos; adicionalmente, el peso de la mascota puede incidir, así como podrán solicitarle que la misma haga uso de pañal. Infórmese previamente antes de emprender el viaje.
5. Las condiciones de transporte como rutas, horarios habilitados, vehículos, así como el precio del transporte respecto de mascotas de tamaño grande, deberán ser fijadas por la empresa transportadora con el fin de garantizar la comodidad de los usuarios.
6. En materia de salubridad, deberá portar el carnet en el que conste la regularidad y actualidad de las vacunas necesarias para evitar la transmisión de enfermedades como la zoonosis inmunoprevenible y la rabia.
7. De conformidad con el Decreto 1660 de 2003, no podrá ser negado el acompañamiento de animales a personas en condición de discapacidad, sin embargo, no deben obstaculizar una rápida evacuación en caso de emergencia.
8. El Código de Policía, Ley 1801 de 2016, establece que no se les puede impedir el ingreso o permanencia de perros lazarillos que, como guías, acompañen a su propietario en los medios de transporte.
9. Quien transporte el animal, será responsable de su cuidado y del contenedor que use para llevarlo, bajo las normas de higiene y comodidad para los demás pasajeros.
10. Si el transporte del animal se da sin observancia de las condiciones de seguridad, salubridad y comodidad exigidas, la misma podrá ser decomisada por la autoridad competente.




