Consejo de Estado tumba elección de Yosimar Reyes como alcalde de Villeta, Cundinamarca
Se comprobó que Reyes firmó un contrato por 18 millones de pesos a través de su Ferretería dentro del año anterior a ser elegido como alcalde municipal.

Consejo de Estado tumba alcalde de Villeta, Yosimar Reyes.
JUSTICIA
El Consejo de Estado anuló la elección de Yosimar Reyes Acevedo, como alcalde de Villeta, Cundinamarca para el periodo 2024 – 2027.
En esta sentencia, la corporación revocó un fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que había negado las pretensiones de las demandantes, Kirsty Yireh Villalba Piriachi y Lizeth Giovanna Tello Camargo.
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En el análisis de la corporación, se comprobó que Reyes, a través de su empresa “DEPOSITO Y FERRETERIA DONDE YOSIMAR SAS” contrató con una entidad pública, dentro del año anterior a su elección como alcalde municipal.
“Al encontrarse acreditado que el «CONTRATO DE SUMINISTRO NRO. 2 DE 2023» se suscribió el 24 de febrero de 2023, por el señor Yosimar Reyes Acevedo en su condición de representante legal del establecimiento de comercio «DEPOSITO Y FERRETERIA DONDE YOSIMAR SAS» (sic), esto es, dentro del término inhabilitante comprendido entre el 29 de octubre de 2022 y 29 de octubre de 2023, en interés de dicha persona jurídica y que su ejecución tuvo lugar en el municipio de Villeta (Cundinamarca)“, indica la corporación.
Ferretería de Yosimar Reyes firmó contrato por 18 millones
En calidad de represententae legal de la Ferretería, Yosimar Reyes firmó con la Institución Educativa Departamental Instituto Nacional de Promoción Social de Villeta, Cundinamarca un contrato por 18 millones de pesos para suministrar diversos elementos y herramientas.
Sobre este negocio, el Consejo de Estado asegura que se conforma una inhabilidad, por lo que tumba su elección.
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“Quien dentro del año anterior a la elección haya intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas del nivel municipal o en la celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio”, recuerda el Consejo de Estado, sobre las inhabilidades.




