Lo que separa las democracias de las dictaduras es el motivo por el que se reforman las constituciones: Mauricio Gaona
El presidente Gustavo Petro se refirió a la posibilidad de convocar una Asamblea Nacional Constituyente

Presidente Gustavo Petro, el ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, y el constitucionalista, Mauricio Gaona - Prisa Media - Getty Images
En ‘El Debate Jurídico del Año’, organizado por Caracol Radio, W Radio y El País América, estuvieron el ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, y el constitucionalista Mauricio Gaona, quienes conversaron sobre el decreto de la Consulta Popular y la propuesta de la Asamblea Nacional Constituyente. Durante este, Gaona mencionó que el Gobierno debe ser capaz de aceptar cuando un proyecto o idea no tiene el visto bueno por la oposición y la ciudadanía, y que esto no debe ser un argumento para modificar la Constitución.
Por otra parte, este viernes 20 de junio el presidente Gustavo Petro mencionó de nuevo la posibilidad de convocar una Asamblea Nacional Constituyente. Esto luego de celebrar que la reforma laboral fue aprobada en la conciliación. En ese sentido, ha cobrado relevancia el hecho de que se convoque este mecanismo en las próximas elecciones para modificar la Constitución.
Estas fueron las palabras del jefe de Estado: “El pueblo ha despertado. El pueblo ha visto en directo quiénes están con él, quiénes lo abofetean y condenan, quiénes prohíben que hable. Ahora, ese saber popular debe expresarse en donde el pueblo es rey, en las urnas. Por eso será entregada una papeleta para convocar la asamblea nacional constituyente en las próximas elecciones. Espero la decisión de millones para que el próximo gobierno y Congreso tengan el mandato imperativo de construir el estado social de derecho, la justicia social, la democracia profunda con las gentes, la paz”.
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Recordemos que hace un año el presidente se había pronunciado sobre el tema, indicando que era necesario hacer una constituyente para dar prioridad a asuntos como una reforma agraria y la educación.
Frente a este tema, el constitucionalista Mauricio Gaona le explicó al jefe de la cartera de Justicia que es necesario reconocer la diferencia entre una Asamblea Nacional Constituyente y una Asamblea Popular Constituyente. Lo anterior, debido a que sus finalidades tienen implicaciones en las democracias y las constituciones.
Pero la aclaración de Gaona aparece debido a que el Gobierno ha reiterado que hay un bloqueo institucional que no les permite gobernar, por lo que es necesario prestar atención a ambos términos, ya que sus consecuencias son diferentes.
En ese sentido, el constitucionalista dijo que los gobiernos deben ser capaces de tolerar la oposición. “Ministro, lo que separa las democracias de las dictaduras es la forma y el motivo por el cual se reforman las constituciones. Permítame recordarle que, el bloqueo institucional, que usted menciona, la ciencia política y constitucional en el mundo le llaman oposición. Y permítame recordarle que la oposición es el precio que se paga por tener una democracia."
Así las cosas, Gaona comentó que el Gobierno se está refiriendo realmente a una Asamblea Popular Constituyente. “Señor ministro, la diferencia estructural en el diálogo y la dialéctica evolutiva con la que usted quiere disfrazar el proyecto del gobierno, el trasfondo real, es en una palabra que la gente no ha detectado. Ustedes le llaman a esto Asamblea Popular Constituyente, no Asamblea Nacional Constituyente”.
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De acuerdo al experto, la diferencia entre ambos mecanismos radica en que la Asamblea Popular requiere un quórum menor al de la Asamblea Nacional Constituyente, en el que se convoca a todos los sectores de la nación. Por tanto, la legitimidad de ambos varía y tiene implicaciones en la democracia. “La Asamblea Popular es una figura que utilizan varios líderes autoritarios y populistas en el mundo, desde el África Septentrional, el Sudeste Asiático, Centroamérica, y Venezuela. Lo que hacen en la teoría del acto reflejo es que el presidente dice ‘yo soy el pueblo. Yo estoy acá porque el pueblo me puso acá’.”
“Y una vez logra avanzar la tesis del ministro, que el presidente es la máxima autoridad constitucional, pues le queda muy fácil convocar y utilizar para efectos de quórum una legislación que está por fuera del marco de la Constitución, porque el quórum que él está convocando está en una ley estatutaria”, agregó el experto en derecho constitucional.
Finalmente, Gaona dijo que el Gobierno tendría clara la diferencia entre ambos mecanismos y que es necesario que acepten cuando la oposición y la ciudadanía ven inconvenientes en los proyectos liderados por el jefe de Estado. “Ustedes ya tienen unas reglas establecidas de cómo reformar la constitución sobre la parte estructural del porqué se necesita cambiar una constitución, en la que encuentran problemas porque no le pasan o no ejecutan los proyectos a la voluntad del gobierno. Lo que el ministro llama un bloqueo institucional y lo que realmente se denomina en las democracias avanzadas es oposición”.