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Prima para trabajadoras domésticas 2025: ¿cuánto es y cómo calcularla, según Ley 1788 de 2016?

La Ley 1788 hace explícito este reconocimiento para las trabajadoras domésticas. Le explicamos cómo se realiza el pago en estos casos:

Prima para empleadas domésticas 2025

El pago de la prima de mitad de año, también conocida como la prima de servicios, es un derecho laboral establecido en el Artículo 306 del Código Sustantivo de Trabajo.

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Según detalla la ley colombiana, es obligación de los empleadores cumplir con el reconocimiento de esta prestación social que equivale a 30 días de salario por año trabajado. El pago de la prima se divide en dos partes iguales: la mitad a más tardar el 30 de junio y la otra parte antes de los 20 primeros días de diciembre.

Ahora bien, no todos los empleados reciben este beneficio. La prima de servicios solo aplica para aquellas personas cobijadas bajo un contrato laboral vigente por empresas instituciones públicas o personas naturales, siempre y cuando esté contemplado.

Prima para empleadas domésticas 2025

No obstante, la Ley 1788 de 2016 hace explícito este reconocimiento para los trabajadores domésticos, incluyendo a aquellos que trabajan en servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o de fincas, o en general los que estén bajo un empleo dependiente, de acuerdo con lo fijado en el Título III del presente código.

En este tipo de empleados están quienes prestar servicios como trabajadores del hogar con tareas de: aseo, cocina, lavado, planchado, jardineros, cuidadores de fincas, conductores de servicio familiar, niñeras y mayordomos.

Esta ley impulsada por la senadora Angélica Lozano y sancionada en el gobierno de Juan Manuel Santos busca garantizar que este grupo de trabajadores reciba la prima legal de servicios, derecho que además es reconocido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Corte Constitucional (Sentencia C – 871 de 2014).

¿Cuánto es y cómo calcularla?

El pago de la prima se realiza por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado —diario, semanal, quincenal o de tiempo completo—. En el caso específico de las trabajadoras domésticas, para calcular prima se debe tener en cuenta el salario base que depende de cada caso.

Para calcular este pago, se puede usar la siguiente fórmula sugerida por el Ministerio de Trabajo: Prima de Servicios = (Salario + Auxilio de transporte) × Días trabajados / 360. Si el trabajador laboró menos días, el procedimiento se debe hacer con el número de jornadas completadas.

Lo primero que hay que tener presente es el valor del salario mínimo que para este 2025 quedó en $1.423.500, más el auxilio de transporte de $200.000.

Para las empleadas que devengan un salario, el procedimiento es el siguiente:

  • Salario mensual: \$1.423.500
  • Auxilio de transporte: \$200.000
  • Total base: \$1.623.500

En ese sentido, si trabajó el semestre completo (180 días), la prima es:

  • Prima = (1.423.500 + 200.000) × 180 / 360
  • Prima = 1.623.500 × 0.5 = $811.750

Trabajo por días

Si la trabajadora doméstica o trabajador dependiente que labora por días, se toma el salario diario base y le suma, de presentarse, ingresos adicionales diarios como auxilio de transporte y el promedio de horas extras.

Esta cifra la multiplica por el total de días que trabaja a la semana y se vuelve a multiplicar por 4,33 (número de semanas que tiene cada mes).

Jornada de tiempo completo

En cambio, quienes trabajen en jornada de tiempo completo deben tomar el salario mensual base y se le suma, si corresponde, otros ingresos, bonificaciones, horas extras, etc. Toma esa cifra de salario mensual base y multiplicarlo por los días trabajados durante el semestre.

Finalmente, se debe dividir esa cifra entre 360 (total de días del calendario laboral).

Conviene mencionar que, el no pago de la prima de servicios a un trabajador, puede traer como consecuencia la imposición de multas de 1 a 5000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv).