Casos en los que un afiliado puede acceder a indemnización sustitutiva: Qué es y 3 requisitos clave
Conozca cuáles son los casos que pueden acceder a la indemnización sustitutiva.

Imagen de referencia a adultos mayores/ Getty Images
La indemnización sustitutiva es una prestación del sistema de seguridad en pensiones destinada únicamente a quienes no pudieron cumplir la edad para pensionarse, no han cotizado el número mínimo de semanas requerido y exponen su imposibilidad de seguir cotizando.
A través de la Sentencia T-505/11 se manifiesta que:
“La indemnización sustitutiva, establecida en el Artículo 37 de la Ley 100 de 1993, es una de las prestaciones económicas establecidas para el régimen solidario de Prima Media con prestación definida. Esta figura se instituyó como un derecho supletivo que tienen las personas que hayan cumplido la edad para acceder a la pensión de vejez. Pero que por alguna circunstancia, no cuente con las semanas establecidas para este fin, a recibir una compensación en dinero por cada una de las semanas cotizadas al sistema de seguridad social y que tiene como finalidad hacer efectivo el mandato constitucional que impone al Estado el deber de garantizar a todas las personas el derecho a la seguridad social”
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Casos a los que aplica la indemnización sustitutiva
Para poder acceder al derecho de recibir una indemnización sustitutiva con pago único, debe tener en cuenta estos casos:
- Vejez: para este caso, los afiliados que, habiendo cumplido la edad para obtener la pensión de vejez, no hayan cotizado el mínimo de semanas exigidas y declaren su imposibilidad de continuar cotizando.
- Invalidez: aquel que tuvo algún problema de invalidez y no hubiese podido reunir los requisitos exigidos para la pensión.
- Sobrevivientes: miembros del grupo familiar que prueben la calidad de beneficiarios, de un afiliado fallecido, que al momento de pérdida no hubiese dejado causado el derecho a la pensión de sobrevivientes
- Tiempos Ecopetrol: aquel que trabajó en Ecopetrol, teniendo o no cotizaciones a Colpensiones, podrá solicitar la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes.
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Requisitos para acceder a la indemnización sustitutiva
Los requisitos para la indemnización sustitutiva por vejez:
- Formulario único de solicitudes prestacionales
- Fotocopia del documento de identidad
- Registro civil de nacimiento
- Declaración de imposibilidad para cotizar en pensión
Para más información de clic aquí: https://www.ugpp.gov.co/indenmizacion-sustitutiva-sobrevivientes/
¿Una mujer se puede pensionar a los 55 años?
Actualmente, la normativa solo permite que las mujeres se pensionen a la 57 años, sin embargo, está la excepción de pensionarse a los 55 años. “En el pilar solidario, que lo integran personas en condiciones de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad, pueden recibir una renta básica solidaria los hombres mayores de 55 años y las mujeres mayores de 50″, se resalta en la norma.
Para recibir este subsidio, la mujer debe demostrar un grado de perdida laboral igual o superior al 50%.Es importante enfatizar que esta compensación no es una pensión, sino un apoyo económico para mujeres que se encuentran en una posición vulnerable debido a sus condiciones de salud y falta de fondos, en otras palabras, es un subsidio.