Jueces deben garantizar alternativas de restitución de tierras a víctimas: Corte Constitucional
El Tribunal llamó la atención sobre la restitución por equivalente, que implica ofrecer alternativas a las víctimas cuando la restitución de la tierra original es imposible o riesgosa.

Corte Constitucional imagen de referencia. Foto: Colprensa. / Sergio Acero
JUSTICIA
La Corte Constitucional le hizo un llamado a los jueces del país sobre la sobre la aplicación de la restitución de tierras por equivalente a las víctimas del conflicto armado.
Es decir, el Tribunal recordó la facultad que tiene la justicia para ofrecer alternativas a las víctimas cuando la restitución del inmueble original/tierras es imposible o riesgosa.
El caso
La Sala Segunda de Revisión protegió los derechos al debido proceso, a la restitución de tierras y a la dignidad humana de Pedro y Juana Pérez, víctimas del conflicto armado.
“En 2017, personas armadas que integraban un grupo margen de la ley, llegaron al predio en el que residían y les exigieron la suma de $180 millones. Afirmaron que, al no disponer de la suma de dinero reclamada, los accionantes fueron víctimas de violencia física y tortura. Además, Juana Pérez fue víctima de violencia sexual, razón por la cual se vieron obligados a abandonar el lugar para ubicarse en otro municipio del mismo departamento”, narró el fallo sobre la situación de las víctimas.
Pese a que Pedro y Juana recuperaron legalmente su predio, se negaron a retornar por amenazas y recuerdos de violencia, solicitando un predio similar en otro lugar, lo cual fue denegado inicialmente.
Corte reprocha actuación del tribunal que negó restitución equivalente
La Corte reprochó la actuación del tribunal que negó la restitución por equivalente, señalando que no valoró las pruebas sobre la situación de riesgo de los accionantes ni la inseguridad en la zona.
La Corte enfatizó que el juez de restitución debe garantizar los derechos de las víctimas y resolver sobre la materialización de sus garantías.
Insiste la Sala que el rol del juez de restitución va más allá de la relación material con el predio, contribuyendo a la paz, la equidad social y la democratización del acceso a la tierra.
“El juez debe aplicar, de acuerdo con la ley de víctimas, las presunciones a favor de aquellas, también la regla sobre la carga de la prueba y, por último, vi) el juez en este caso debió aplicar el enfoque de género derivado de la violencia sexual que sufrió Juana, por lo que al no hacerlo desconoció la Constitución", indica la Corte.
La decisión del Alto Tribunal busca asegurar que las víctimas del conflicto armado puedan acceder a una restitución efectiva y segura, garantizando sus derechos fundamentales.