¿Líos con entrega de medicamentos? Tribunal advierte que cambios de EPS no pueden afectar derecho a la salud
El Tribunal Superior de Bogotá falló una tutela a favor de una paciente que quedó sin tratamiento tras ser trasladada de EPS.

Medicamentos. Foto: Cortesía Getty Images
JUSTICIA
El Tribunal Superior de Bogotá estudio el caso de Amanda Rodríguez, una paciente trasplantada de hígado que se vio gravemente afectada luego de que su EPS anterior dejara de prestarle el servicio y la nueva entidad no le suministrara los medicamentos recetados.
A la paciente se le realizó su cirugía de trasplante el 18 de febrero de 2024 en la Fundación Cardio Infantil, y aunque se ordenó un control médico el 4 de diciembre de 2024, la institución no dio respuesta positiva para continuar con la atención.
A pesar de haber realizado múltiples solicitudes, la aseguradora negó la entrega de sus medicamentos, argumentando que debía cumplir con nuevos procedimientos administrativos.
Estas dificultades la llevaron a interponer una tutela, con la que logró que la autoridad judicial ordenará garantizar, de manera inmediata y sin excusas, la entrega de sus medicamentos.
El Tribunal enfatizó que la continuidad en la prestación del servicio de salud es una obligación fundamental de las EPS y que los cambios administrativos no pueden afectar el derecho de los pacientes a recibir su tratamiento oportunamente.