SIC ordenó revelar antes del 28 de febrero nueva fecha del concierto reprogramado de Shakira en Medellín
Este concierto fue programado como parte de la gira que actualmente realiza Shakira en varios países, conocida como ‘Las Mujeres Ya No Lloran World Tour’.

Shakira durante el concierto en Barranquilla
Luego de que el concierto de Shakira en Medellín tuviera que ser reprogramado, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) comenzó una investigación. Recordemos que, de acuerdo a la planeación original de la gira, dicho evento se llevaría a cabo el pasado 24 de febrero de 2025.
Este concierto fue programado como parte de la gira que actualmente realiza Shakira en varios países, conocida como ‘Las Mujeres Ya No Lloran World Tour’. Ahora bien, por la reprogramación del show muchos fanáticos de la barranquillera terminaron afectados y con preocupacion sobre lo que pasará.
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En total, más de 45.000 fanáticos de la barranquillera se vieron afectados por la reprogramación del concierto. Aunque el concierto no fue cancelado, esperan conocer con prontitud la nueva fecha del concierto. Sin embargo, pueden solicitar el reembolso de su compra en caso de que la nueva fecha no les beneficie.
Gabriel García, CEO de Páramo, la companía detrás del concierto, reveló que el techo empleado en los escenarios de los conciertos tiene varias funciones, además de proteger del sol y lluvia. En esa medida, el techo tiene que ser capaz de sostener las luces, las pantallas y los parlantes. No obstante, durante la instalación para el concierto de Shakira en Medellín, la estructura se rompió.
Para proteger a los colombianos, la Superintendencia de Industria y Comercio y como Autoridad Nacional de Protección al Consumidor decidió emitir la Resolución No. 7865 de este 25 de febrero de 2025. Por medio de esta deja claras las órdenes “administrativas a TICKET COLOMBIA y a PROMOTORA COLOMBIA, con el fin de evitar que se cause un perjuicio a los consumidores”
Las medidas que la Superintendencia ordenó para proteger a los compradores de las boletas del concierto son las siguientes:
- 1. Informar claramente la nueva fecha del concierto antes del 28 de febrero de 2025, a través de canales oficiales como página web oficial del operador y productor, correo electrónico masivo a cada uno de los compradores, redes sociales, sistemas de recepción de PQRS como página web, chat y atención telefónica.
- 2. Modificar y detallar el proceso de devolución del dinero, comunicando a los consumidores y asegurando que todos los métodos de pago sean cubiertos. La devolución deberá hacerse en un plazo máximo de 15 días hábiles. Además, se ampliará el plazo para la solicitud de la devolución como mínimo 5 días hábiles más después de la notificación de la nueva fecha.
- 3. Ofrecer a los consumidores que ya solicitaron la devolución, siempre y cuando esta no se haya hecho efectiva, la posibilidad de retractarse y asistir al evento si lo desean, manteniendo las mismas condiciones originales de la compra.
- 4. Realizar la devolución total del dinero a los consumidores que lo soliciten.
Además, la SIC indicó que en caso de incumplimiento podrá colocarle multas a los organizadores del concierto. Esto bajo el artículo 61 del Estatuto del Consumidor. “Lo anterior, sin perjuicio de las sanciones que resulten procedentes por inobservancia de las demás normas contenidas en la Ley 1480 de 2011.”