¿Los trabajadores independientes también deben elegir un fondo de pensión ACCAI?
En la fecha límite para elegir Accai, le contamos lo que debe saber en el caso de que sea un trabajador independiente.

Las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai) son una parte importante de la reforma pensional en Colombia, que empezará a implementarse en julio del 2025.
Estas entidades gestionarán los ahorros complementarios de los trabajadores que superen ciertos umbrales de ingreso, sustituyendo en parte a las administradoras de fondos privados de pensiones (AFP).
Es importante destacar que a partir del 1 de julio de 2025, los trabajadores que ganen más de 2,3 salarios mínimos ($3.274.050 en 2025) deben destinar el excedente de sus ingresos a una Accai.
También hay que considerar que usted tiene la posibilidad de elegir entre cuatro administradoras: Porvenir, Colfondos, Protección y Skandia. Este nuevo sistema pensional aplicará para las mujeres con menos de 750 semanas cotizadas y a los hombres con menos de 900 semanas, cotizadas al 30 de junio de 2025.
¿Hasta cuándo hay plazo de elegir una ACCAI?
El plazo para seleccionar una ACCAI es hasta hoy, 16 de enero de 2025. Si los afiliados actuales a las AFP no eligen una antes de esa fecha, su administradora actual se convertirá automáticamente en su ACCAI, aunque podrán cambiarla después de seis meses.
Quienes no seleccionen una ACCAI, serán asignados por el Gobierno a una por defecto. Con este cambio, se espera que los afiliados tengan la oportunidad de optimizar sus ahorros complementarios, eligiendo la administradora que mejor se ajuste a sus objetivos financieros.
En el caso de que su salario no exceda los 2,3 SMMLV, no necesitará realizar cambios. En caso contrario, deberá elegir una administradora para gestionar el excedente. Con esta implementación, se busca que el ahorro en el Accai sirva como complemento a lo cotizado en Colpensiones.
De esta manera, usted puede aumentar sus recursos disponibles al momento de la jubilación. El cambio se espera beneficiar a los trabajadores con ingresos superiores, mientras construyen un ahorro adicional a lo largo de su vida laboral.
¿Los trabajadores independientes también deben elegir un fondo de pensión ACCAI?
La Ley 2381 de 2024 establece un Sistema de Protección Social Integral que incluye la participación de los trabajadores independientes en el Pilar Contributivo, regulando su afiliación, cotizaciones y administración de fondos.
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Todos los trabajadores independientes que tengan un ingreso base de cotización igual o superior a 1 salario mínimo legal mensual vigente (smlmv), deben afiliarse al Pilar Contributivo.
Si usted es un trabajador independiente con ingresos superiores a 2.3 smlmv deben elegir un fondo de pensiones del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI). Los trabajadores ya afiliados antes de la vigencia de la ley no necesitan realizar una nueva afiliación.
Para los independientes, deben cotizar sobre un 40% de ingresos causados (si están obligados a llevar contabilidad) e ingresos percibidos efectivamente (si no tienen esta obligación). No se incluye el valor del Impuesto sobre las Ventas (IVA).
Los independientes son responsables directos del pago de sus aportes, aunque pueden hacerlo mediante agremiaciones o asociaciones autorizadas.
Finalmente, para los trabajadores rurales o con ingresos fluctuantes, pueden realizar aportes anticipados de hasta 12 meses en un solo pago.