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¿Cuáles son las reglas para el divorcio en Colombia? Así le afecta la nueva ley del Gobierno Petro

El Congreso de la República aprobó el proyecto de ley para permitir el divorcio unilateral en Colombia.

En Colombia se reportaron 109 divorcios en el país / Getty Images

En Colombia se reportaron 109 divorcios en el país / Getty Images / krisanapong detraphiphat

En el Congreso de la República se aprobó el proyecto de ley “Divorcio Libre”, una iniciativa sancionada oficialmente por el Gobierno nacional, luego de la votación a favor de la mayoría de los congresistas en nueva ley 2442 del 27 de diciembre de 2024. Esta determinación agrega una nueva causal al artículo 154 del Código Civil colombiano, en el que se especifican las causales de divorcio autorizadas en el país.

Esta nueva ley fue aprobada con la votación a favor de 89, y 12 en contra, miembros durante la plenaria de la Cámara de Representantes, permitiendo el acceso a divorcios y vínculos matrimoniales, evitando procesos extendidos y legales innecesarios. Esta posibilidad brindará el avance hacia una legislación que respeta la libertad de decisión y la autonomía individual, que podrá evitar el aumento de casos de violencia intrafamiliar en miles de hogares colombianos en los que las mujeres son la población más afectada.

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El proceso de divorcio en Colombia se puede hacer efectivo mediante dos maneras, a través de un proceso judicial con jueces y abogados, o a través de una notaría, la cual es más sencilla y fácil, ya que evita tiempos y procesos legales. De acuerdo con la Registraduría Nacional del Estado, en 2024 se reportaron 109 divorcios, mientras que los matrimonios civiles y religiosos registraron una cifra oficial de 85.822.

Con la nueva ley decretada que entró en vigencia para todo el territorio colombiano, no será necesario demostrar causales como señales de violencia intrafamiliar, alcoholismo, dos años de no convivencia, entre otros, para solicitar judicialmente la disolución matrimonial entre dos personas. “Cualquier colombiano, hombre o mujer, en ejercicio de sus libertades, puede solicitarle a un juez divorciarse de su pareja por mil razones, entre otras, porque se le puede acabar el amor”, expresó David Luna, congresista de Cambio Radical, y autor del proyecto de ley.

De acuerdo con la el artículo 154 del Código Civil colombiano, estas son las causales oficiales de divorcio que están amparadas bajo la legislación nacional.

  1. Las relaciones sexuales extramatrimoniales de uno de los cónyuges, salvo que el demandante las haya consentido, facilitado o perdonado.
  2. El grave e injustificado incumplimiento por parte de alguno de los cónyuges de los deberes que la ley les impone como tales y como padres.
  3. Los ultrajes, el trato cruel y los maltratamientos de obra.
  4. La embriaguez habitual de uno de los cónyuges.
  5. El uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes, salvo prescripción médica.
  6. Toda enfermedad o anormalidad grave e incurable, física o síquica, de uno de los cónyuges, que ponga en peligro la salud mental o física del otro cónyuge e imposibilite la comunidad matrimonial.
  7. Toda conducta de uno de los cónyuges tendientes a corromper o pervertir al otro, a un descendiente, o a personas que estén a su cuidado y convivan bajo el mismo techo.
  8. La separación de cuerpos, judicial o de hecho, que haya perdurado por más de dos años.
  9. El consentimiento de ambos cónyuges manifestado ante juez competente y reconocido por éste mediante sentencia.

Es decir, que el divorcio unilateral figura como la décima causal legal de divorcio en el país, que entra en funcionamiento para que uno de los miembros que conforme un matrimonio, tenga la libertad y voluntad plena para disolver la unión conyugal.

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