En firme sentencia que declaró nula la elección del alcalde de Prado
Según el Consejo de Estado la sentencia quedó ejecutoriada desde el pasado 8 de noviembre. Ahora la gobernadora, Adriana Magali Matiz deberá designar un mandatario local para esta población.

José Jadel Flórez
Tolima
El Consejo de Estado confirmó que la sentencia de segunda instancia en la que la Sección Quinta determinó declarar la nulidad de la elección del alcalde del municipio de Prado, Tolima, José Jadel Flórez Serrato quedó ejecutoriada desde el pasado 8 de noviembre.
“Que la sentencia fue debidamente notificada y quedó legalmente ejecutoriada4 el 8 de noviembre de 2024 a las 5:00 p. m.”, indica la certificación que fue entregada por parte del Consejo de Estado a los demandantes el pasado 13 de diciembre en respuesta a una solicitud adelantada con el fin de determinar el por qué Flórez Serrato sigue al frente de la Alcaldía de esta población.
“Lo que profirió el viernes el Consejo de Estado ya fue una constancia de ejecutoria de la sentencia. Ya con esto, pues, el Consejo de Estado pone fin a todo el trámite procesal, y en esta constancia lo que simplemente ya hizo el traslado correspondiente a la Gobernación del Tolima, al Consejo Nacional Electoral, y a las partes procesales, donde en el documento, en la constancia, lo que certifica es de que a partir del día 8 de noviembre del año 2024, ya quedó debidamente ejecutoriada la sentencia que pone fin al proceso de nulidad electoral del alcalde del municipio de Prado”, dijo el abogado, Wilson Hoyos, demandante en este proceso.
Hoyos resaltó que las acciones interpuestas por parte de la defensa del alcalde, José Jadel Flórez, lo único que han tratado es dilatar la medida que según el propio Consejo de Estado quedó en firme desde el pasado 8 de noviembre.
“Ellos habían iniciado unas acciones que buscaban era dilatar la aplicación de la sentencia, ¿cierto? Inicialmente recordemos que, una vez transcurrido el término de ejecutoria de la sentencia, de segunda instancia, ellos solicitaron una aclaración al Consejo de Estado, y esta aclaración fue la que quedó en firme el día 8 de noviembre. Ese mismo día ellos hicieron una solicitud de adición, y eso es lo que ellos simplemente estaban tratando era darles a largas al proceso de ejecutoria formal de la sentencia, y posteriormente de ese proceso de adición de esa solicitud, perdón, hicieron un requerimiento, pues, una reposición frente a ese auto, y posteriormente, ahorita la último que habían interpuesto era una nulidad”, resaltó el abogado.
Para Hoyos, lo que resta es que la Gobernación del Tolima designe a una persona para que suma la Alcaldía de Prado, mientras se adelanta el proceso de elección por parte de la Registraduría.
“A finales del mes de enero o principios de febrero se podrían dar las elecciones, la ley establece que se contarán 15 días calendario desde la fecha del decreto para que se hagan las inscripciones de los candidatos a la contienda política y luego 40 días, lo que indica que la elección de alcalde se haría en unos 55 días. Sí ese día cae entre semana, entonces esa votación se corre para el domingo siguiente”, puntualizó Hoyos.
Finalmente, el abogado, Wilson Hoyos, sostuvo que se deberá hacer un análisis jurídico de los actos administrativos que firmó el alcalde de Prado, José Jadel Flórez, desde el momento en qué quedó ejecutoriada la sentencia para determinar su legalidad.



