Espacio público: juzgado niega petición de vendedores ambulantes en Sincelejo
La Alcaldía de Sincelejo argumentó que fue concertada la reubicación de los vendedores en el Pasaje Comercial La Paz.
Sincelejo
El Juzgado Séptimo del Circuito de Sincelejo negó la petición de la Asociación de Vendedores Ambulantes para dejar sin efecto el Decreto 1120 del 9 de agosto de 2024 y la Resolución 000663 del 1° de marzo de 2024. Estos actos administrativos son los que actualmente regulan la recuperación del espacio público y la reubicación de los vendedores informales en el Pasaje Comercial La Paz.
La Asociación de Vendedores Ambulantes argumentó que la reubicación viola su derecho al trabajo, ya que no tienen garantizado el sustento diario para sus familias en el nuevo lugar. Sin embargo, el despacho negó la petición de nulidad de los actos administrativos.
Como parte de la decisión judicial, el Juzgado Séptimo del Circuito ordenó a la Administración Municipal de Sincelejo revisar el proceso de reubicación y verificar si los 65 accionantes cumplen con la condición de vendedores informales. Además, se deben establecer mecanismos de seguimiento y evaluación para asegurar la efectividad de las medidas adoptadas.
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La Alcaldía de Sincelejo argumentó que la reubicación fue concertada y que se han implementado procesos de formalización y capacitación para los vendedores informales. Sin embargo, el Juzgado ordenó que se evalúe si la reubicación en el centro Comercial La Paz está generando ingresos suficientes para satisfacer las necesidades básicas de los vendedores ambulantes.
Además, se deben establecer mecanismos de seguimiento y evaluación para asegurar la efectividad de las medidas adoptadas. La Alcaldía de Sincelejo deberá presentar un informe sobre el cumplimiento de estas órdenes en un plazo de dos meses.