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Reforma de justicia: Protegeremos a los niños con la eliminación de rebajas para agresores

Ángela María Buitrago, ministra de Justicia habló en 6 AM, sobre cuáles son los cambios y los principales aspectos del proyecto de la reforma a la Justicia

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Ángela María Buitrago. Foto: Colprensa.

Luego de que el martes, 5 de noviembre los ponentes de la reforma a la justicia llegaran al acuerdo de eliminar el artículo 7, donde se proponía rebajar las penas para los acusados de delitos contra menores de edad, el tema de la reforma ha causado varias dudas, razón por la que la ministra de Justicia, se conectó este viernes 8 de noviembre al programa 6 AM, para hablar sobre los cambios que se realizaron.

Al iniciar su intervención la ministra, indicó que la construcción colectiva y las explicaciones jurídicas que se dieron, fueron entendidas, lo que significó que se escuchó a la ciudadanía y a los ponentes para entender la finalidad del artículo.

“Es muy importante, lo dijo el senador Motoa el día que salió de la reunión con nosotros, pues hay explicaciones y una base jurídica, no es una necesidad de entender ese artículo como impunidad, sino que era una propuesta para lograr precisamente lo contrario” resaltó

Frente a ese punto de vista, la ministra mencionó que el consenso significó aceptar el retiro de la disposición.

¿Cómo está quedando el tema de la reparación integral para las víctimas?

La ministra explicó que la indemnización integral es una figura que existe en la Ley 600 del 2000, y está prevista en el Código de Procedimiento Penal, lo que significaba que existían delitos que se podían generar lo que constituye casual determinación de la acción penal, cuando se reparaba integralmente y se indemniza a la víctima.

A lo que mencionó que se tienen ventajas, y una de ella es que desde el momento en que la Ley 600 lo tenía, significaba que hay situaciones en donde es “mucho mejor para la víctima obtener la reparación integral y obtener desde ese punto de vista la indemnización en lugar de estar esperando ocho o nueve años en torno a un proceso penal que lo que hace también es reactivar el dolor, manejar unas circunstancias particulares frente a la afectación del delito”.

Aclaró que esto sucede cuando se habla de delitos culposos, por el ejemplo el homicidio que se causa sin intensión de matar, lo que significa que “hay la posibilidad de reparar mucho más rápido a las víctimas”, explicó que en este caso particular hay una asunción de responsabilidad, donde se entiende que se cometió un delito sin haber querido hacerlo.

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