Vehículos

Estas motocicletas saldrán del mercado en el 2025 si no cumplen este requisito

Para el 2025 las motos deberán cumplir ciertas condiciones si se quieren comercializar en el territorio colomboano. Conozca aquí cuáles son

Varias motos y de fondo un mecánico revisando la llanta de una notocicleta (Fotos vía Getty Images).

Varias motos y de fondo un mecánico revisando la llanta de una notocicleta (Fotos vía Getty Images).

Múltiples personas a nivel global cuentan con una motocicleta para transportarse; pues es una herramienta que le aporta tranquilidad y comodidad a los viajes, así como se presentan como una alternativa que puede resultar más económica en cuanto a precios de combustible y hasta para acortar tiempos de viaje en ciudades con un tráfico vehicular alto, entre otros factores relevantes.

De esta manera, este es un medio de transporte popular en Colombia; pues según el último Boletín de Registro de Motocicletas en Colombia de la ANDI y Fenalco, entre enero y julio del 2024 se registraron 442.110 motocicletas nuevas en el territorio nacional, lo que, como indica este informe, representa un incremento del 11,99%, teniendo en cuenta el mismo periodo en el año anterior.

Sin embargo, a partir del mes de octubre del año 2025, los fabricantes de motocicletas deberán cumplir ciertas normas para poder ser comercializadas en el país, pues hay algunos sistemas de seguridad en el frenado de los vehículos que serán obligatorios. Aquí le contamos todos los detalles:

¿Cuáles motocicletas saldrían del mercado en el 2025 si no cumplen un requisito específico?

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De acuerdo con la Resolución 20223040062115 del 13 de octubre del 2022, las motocicletas en Colombia deberán, a partir del mes de octubre del 2025, cumplir desde fábrica la obligatoriedad en los sistemas avanzados de frenado ABS o CBS, así:

Según el artículo 19 de esta resolución, las motocicletas cuyo cilindraje sea mayor a 50cc y menor a 150cc o potencia nominal mayor a 4kW y menor o igual a11kW, deberán contar con sistema de frenado CBS o ABS. A su vez, las motocicletas con cilindraje mayor o igual a 150cc o potencia nominal mayor a 11 kW, deberán contar con sistema de frenado ABS.

Sin embargo, se establece que, durante los 12 meses siguientes a la fecha en la que empieza a regir esta norma, se podrán comercializar las motocicletas nuevas cuya fabricación, ensamble en Colombia o importación a Colombia, se haya realizado antes de la fecha en la cual empieza a regir la resolución.

A su vez, en el artículo 6.4 de la normativa se aclara que se exceptúan de la incorporación de los sistemas de frenado avanzados las motocicletas enduro de dos ruedas y las motocicletas trial de dos ruedas.

¿Qué son los frenos ABS y CBS?

El sistema de frenado es de vital importancia para el correcto funcionamiento de los vehículos; pues es la combinación de piezas que logran disminuir progresivamente la velocidad de un vehículo en movimiento, hacer que se detenga o mantenerlo inmóvil, en los casos en que ya se encuentre detenido, tal como indica esta normativa, por lo que hay que aplicar los métodos para cuidar y prolongar la vida útil de los frenos. 

En ese sentido, así funcionan estos sistemas de frenado, según la misma resolución:

  • Sistema antibloqueo de frenos (ABS): es la parte de un sistema de frenado de servicio que, durante el frenado del vehículo, controla automáticamente en una o varias ruedas el grado de deslizamiento en el sentido de su rotación.
  • Sistema combinado de frenos (CBS): es el sistema de freno en el que los frenos del vehículo se accionan mediante la operación de un solo control.

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