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Defensoría del Pueblo denuncia falta de cumplimiento del Gobierno en niños wayús

La entidad garante de derechos humanos alertó sobre la persistente vulneración de los derechos de los niños wayús, especialmente en acceso a agua, alimentación, salud, igualdad y diversidad cultural

Comunidad wayú y logo de la Defensoría del Pueblo

Comunidad wayú y logo de la Defensoría del Pueblo

En una mesa técnica de seguimiento, la Defensoría subrayó la falta de avances significativos en la implementación del mecanismo especial de seguimiento y evaluación de políticas públicas (Messep), diseñado para asegurar el cumplimiento de la Sentencia T-302. Se evidenció que los indicadores y sistemas de información requeridos para medir el progreso no están operativos o tienen datos insuficientes, lo cual impide una evaluación precisa de las políticas implementadas.

La Defensoría enfatizó la necesidad urgente de realizar un censo poblacional y una georreferenciación precisa de las comunidades wayú, fundamentales para diseñar políticas públicas efectivas y equitativas. Además, destacó la falta de capacitación y transferencia de conocimientos técnicos hacia las comunidades indígenas, lo que obstaculiza la sostenibilidad de las iniciativas locales.

Entre los hallazgos más preocupantes, se encontró que programas anteriores se repiten sin evaluar su impacto real, y se carece de criterios claros para validar las propuestas presentadas por las autoridades indígenas, lo que limita el derecho a la participación del pueblo wayú en la toma de decisiones que les afectan directamente.

La Defensoría del Pueblo instó al Gobierno a adoptar medidas inmediatas para remediar estas deficiencias y cumplir con las obligaciones constitucionales y judiciales establecidas, garantizando así los derechos fundamentales de la niñez indígena en La Guajira.

Es importante recordar que una de las debilidades reiteradas en varios informes de la Defensoría del Pueblo es la disponibilidad de información estadística sobre la población wayú, y además georreferenciada, teniendo presente la distribución de la población en el territorio. Quiere ello decir que no se dispone de un dato cierto sobre el número de personas que integran las comunidades por edad, ubicación, ni por necesidades. Se mantiene el subrregistro de la información reportada, ya que hay diferentes fuentes de información, las cuales en ocasiones no coinciden entre sí.

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