Estos motociclistas sí podrán circular en la madrugada en Bucaramanga
La medida de prohibir la circulación de motociclistas en la ciudad, incluye unas excepciones.
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Bucaramanga
Por medio de la resolución 242, la dirección de tránsito de Bucaramanga dio a conocer cuáles son las excepciones que tiene la medida que prohíbe la circulación de motocicletas en la ciudad entre la media noche y las 4:00 a.m.
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En consecuencia, podrán circular sin ningún inconveniente las siguientes personas siempre y cuando anexen los requisitos solicitados.
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Fuerzas Militares y Policía Nacional, autoridades de tránsito y transporte que se encuentren en servicio, o porten la identificación que los acredite como tal, poder judicial, Fiscalía General de la Nación y cuerpo técnico de investigaciones C.T.I., Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC debidamente identificados. También quienes hagan parte de los organismos de socorro, Bomberos, Cruz Roja y Defensa Civil, Servicios hospitalarios de urgencia debidamente identificados. prensa y otros medios de comunicación debidamente identificados, servicio de vigilancia privada y escoltas, servicios públicos domiciliarios, empleados, domiciliarios, mensajeros de empresas y aplicaciones autorizadas.
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Las autoridades han hecho énfasis en que las anteriores excepciones podrán circular siempre y cuando estén en horario laboral y deberán hacerlo sin ‘pato’ o acompañante.
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Además, para no ser multados, los motociclistas anteriormente mencionados tendrán que mostrar los siguientes requisitos: certificación de la empresa, carnet actualizado y copia de la cámara y comercio y RUT.