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Juez 15 Administrativo de Bucaramanga habilitó de manera provisional El Carrasco

A partir del primero de mayo del 2024 los únicos municipios que pueden llevar las basuras al Carrasco son: Bucaramanga, Floridablanca, Girón y Piedecuesta, los demás salen y deben buscar otros sitios de disposición final de residuos sólidos.

Gerente de la Emab Helber Panqueva,

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Carrasco

Bucaramanga

Desde el primero de mayo empezaron a regir nuevas reglas para depositar las basuras en el relleno sanitario de Bucaramanga, donde el juez 15 Administrativo de Bucaramanga, advierte que solo podrán utilizar ese lugar para depositar las basuras los 4 municipios del área metropolitana.

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Además, se debe reducir en un 15% la cantidad de residuos sólidos que se llevan al lugar, es decir, al día va un promedio de mil toneladas, significa que deben existir políticas de reciclaje que bajarían en 150 toneladas.

Esto significa que los municipios de Bucaramanga, Floridablanca, Girón y Piedecuesta deben iniciar desde ya las políticas de reciclaje y quien no cumpla con esta decisión sale del carrasco, dice el fallo del togado Administrativo.

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En su consideración, el Juez 15 Administrativo de Bucaramanga, Edward Avendaño Bautista, ordena a los alcaldes poner en práctica las siguientes decisiones:

Realizar una convocatoria abierta para el próximo 06 DE MAYO DE 2024 a partir de las 08:30 A.M. donde de manera conjunta los señores Alcaldes de Bucaramanga, Floridablanca, Piedecuesta y Girón escucharán las propuestas relacionadas con la implementación de herramientas técnicas o nuevas alternativas para la transformación y aprovechamiento de los residuos sólidos.

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3.4. Estudiar la caracterización a los residuos sólidos realizada por la Empresa de Aseo de Bucaramanga con el fin de que cada municipio adopte las medidas a corto, mediano y largo plazo a que haya lugar.

3.5. Establecer acciones concretas, efectivas y sostenibles con una hoja de ruta clara orientada a la transformación y aprovechamiento de los residuos sólidos que se generen en su jurisdicción.

3.6. Realizar una adecuada planeación que permita implementar metas cuantificables y viables con responsabilidades concretas orientadas a la disminución de residuos sólidos, la transformación y aprovechamiento de los mismos y/o la búsqueda de un nuevo lugar, con un cronograma definido que permitan obtener una solución planificada, las cuales deberán estar en funcionamiento en el corto plazo antes del 01 de abril de 2025, en el mediano plazo antes del 01 de abril de 2026 y en el largo plazo antes del 01 de abril de 2027.

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3.7. Realizar campañas de sensibilización para aumentar la separación en la fuente, el aprovechamiento y tratamiento de los residuos sólidos en su territorio.

3.8. Imponer medidas sancionatorias para quienes no separen en la fuente o generen contaminación cruzada por la combinación de residuos sólidos que han sido previamente separados.

3.9. Aumentar las rutas selectivas para el tratamiento y aprovechamiento de residuos sólidos generados en su municipio.

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3.10. Evaluar la incorporación de herramientas técnicas orientadas a la transformación y aprovechamiento de los residuos sólidos, tal y como lo señala el artículo 227 de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo) a través del PROGRAMA BASURA CERO.

3.11. Establecer a través de un instrumento de planificación la búsqueda de un nuevo lugar que sustituya el actual Sitio de Disposición Final.

3.12. Evitar la comisión de los errores del pasado a través de la mala planificación de medidas que finalmente no fueron ejecutadas para sustituir la manera en que se trasforman los residuos sólidos en el Sitio de Disposición Final “El Carrasco”, así como la búsqueda de un nuevo lugar, o la implementación de nuevas tecnologías.

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3.13. Finalmente, el propósito principal es disminuir la cantidad de residuos que se disponen (entierran) en el Sitio de Disposición Final “El Carrasco” y aumentar los que se transforman y aprovechan, para lo cual, los señores alcaldes de los municipios de Bucaramanga, Floridablanca, Piedecuesta y Girón deberán presentar soluciones que sean sostenibles y viables en el tiempo.

El juez también señaló que el 29 de mayo del 2024 se realizará una audiencia donde los cuatro alcaldes deberán a dar a conocer al juzgado las políticas de acción a seguir, como se ordena en el fallo. En su decisión, el togado señala:

CONVOCAR a una Audiencia de Verificación de Cumplimiento del Fallo en la modalidad presencial para el 29 DE MAYO DE 2024 a partir de las 08:30 A.M. en la sala de Audiencias No. 11 de la sede de los Juzgados Administrativos de Bucaramanga con el fin de ADOPTAR el PLAN DE ACCIÓN ejecutable a corto plazo con una meta cuantificable orientada a la reducción del 15% de los residuos sólidos que actualmente se disponen en ese lugar, la cual deberá cumplirse antes del 01 de abril de 2025, para ello deberán determinar las medidas concretas, coordinadas y verificables tendientes a materializar no solo esta actividad, sino también el cumplimiento de las sentencias expedidas el 01 de marzo de 2009 por el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito Judicial de Bucaramanga confirmada parcialmente el 16 de febrero de 2011 por el Tribunal Administrativo de Santander, que ordenó el cierre definitivo del Sitio de Disposición Final “El Carrasco” y la búsqueda de un nuevo lugar.

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También el juez 15 vincula en este fallo del carrasco al gobernador de Santander, donde en uno de sus requerimientos señala:

REQUIÉRASE al señor JUVENAL DÍAZ MATEUS en su calidad de Gobernador del Departamento de Santander para que antes del 20 DE MAYO DE 2024, inclusive, se sirva indicar cuales son las medidas que va a adoptar para apoyar la implementación del plan de acción a corto, mediano y largo plazo con el fin de lograr el cierre del Sitio de Disposición Final “El Carrasco”, la ubicación de un nuevo lugar, o en su defecto, la implementación de nuevas herramientas técnicas orientadas a la transformación y aprovechamiento de los residuos sólidos, tal y como lo señala el artículo 227 de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo) a través del PROGRAMA BASURA CERO.

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