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Procuraduría formuló cargos contra exalcalde de San Pablo, Bolívar

Por presunta omisión de las restricciones frente al manejo de los adultos mayores ubicados en centros de larga estancia, con ocasión de la pandemia Covid-19.

Procuraduría formuló cargos contra exalcalde de San Pablo, Bolívar

La Procuraduría General de la Nación formuló cargos al alcalde municipal de San Pablo, Bolívar, Ómar Bohórquez Rojas (2020-2023), y a la entonces secretaria de Salud y supervisora del contrato PC-031-2020, Sugey Gómez Chico, por presunta omisión de las restricciones frente al manejo de los adultos mayores ubicados en centros de larga estancia, con ocasión de la pandemia Covid-19.

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Al parecer, al suscribir el bilateral por $ 389′550.000 para brindar alimentación y atención integral a esta población vulnerable, los investigados habrían desconocido medidas sanitarias obligatorias de aislamiento preventivo para las personas mayores externas de la ‘Casa del Viejito Feliz’, en las que se indicaba el cierre parcial de actividades, a excepción del servicio de alimentación, que debía ser prestado de manera domiciliaria.

Para el ente de control, desde sus competencias, los exfuncionarios habrían incumplido sus funciones al incluir en el negocio jurídico una cláusula en la que se establecía que el contratista debía garantizar la ejecución de actividades de recreación e “integración social mensual”, una obligación que iría en contravía de las medidas para prevenir y minimizar el riesgo de contagio, ante el fallecimiento de un adulto mayor en uno de los centros.

Las posibles faltas de Bohórquez Rojas y Gómez Chico fueron calificadas como gravísimas cometidas con culpa gravísima.

Por último, la Procuraduría Provincial de Instrucción de Barrancabermeja recordó en el auto de cargos que los servidores públicos “están obligados a buscar el cumplimiento de los fines de la contratación, a vigilar la correcta ejecución del objeto contratado y a proteger los derechos de la entidad, del contratista y de los terceros que puedan verse afectados por la ejecución del contrato”.

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