Justicia

Tribunal tumba declaratoria de incompetencia de jueza en el caso de Óscar Iván Zuluaga

El juicio contra el excandidato presidencial y su hijo se adelantará ante jueces Especializados

Audiencia de imputación de cargos contra Óscar Iván Zuluaga y su hijo.

Audiencia de imputación de cargos contra Óscar Iván Zuluaga y su hijo.

JUDICIAL

Caracol Radio conoció que el Tribunal Superior de Bogotá declaró infundada la aceptación de incompetencia por parte de la jueza Segunda Especializada de Bogotá, y ordena que sea ese despacho el que realice el juicio contra Óscar Iván Zuluaga y su hijo David Zuluaga por el caso Odebrecht.

El pasado 6 de febrero, la jueza Segunda Especializada de Bogotá, se declaró incompetente al concluir que, la fuente del presunto enriquecimiento ilícito por el que es acusado Óscar Iván Zuluaga, fueron “coimas” provenientes de Odebrecht, es decir, actos de corrupción y esa conducta delictiva no está en el listado de delitos que contempla el artículo 35 del Código de Procedimiento Penal (ley 906 de 2004).

La controversia

El artículo 35 del CPP define los delitos que deben ser conocidos por los jueces especializados, entre ellos, en el numeral 16, está el de enriquecimiento ilícito de particulares.

Ese artículo exige dos requisitos para que el juez especializado lo conozca: que se derive de uno de los delitos enlistados y que la cuantía sea o exceda de 100 SMLMV.

La controversia es por el primer requisito, por la fuente del enriquecimiento ilícito, pues los impugnantes afirmaron que deriva del cohecho, tesis que acogió el juzgado.

El Tribunal Superior de Bogotá, al revisar ese caso, le dio la razón a la Fiscalía al considerar que los USD 1.6 millones, como pago de Odebrecht por los servicios de publicidad de Duda Mendoza, para la campaña Zuluaga 2014, fueron modalidades de lavado de activos.

Los magistrados concluyeron que, la fuente del enriquecimiento ilícito de particulares, fue el lavado de activos, como lo dijo la Fiscalía, y en este caso delito excede los sí es de conocimiento de los jueces Especializados. Es decir, la jueza segunda Especializada sí es competente y deberá adelantar dicho juicio.

La conexidad con el proceso de David Zuluaga

Sobre la competencia para juzgar a David Zuluaga, la defensa dijo que tocaba a los jueces penales del circuito porque el fraude procesal, único delito atribuido en su contra, no es competencia de los jueces Escpecializados.

La fiscalía dijo que correspondía a los jueces especializados por conexidad, conforme al artículo 50 y las causales del artículo 51 del CPP, pues los delitos atribuidos a ambos eran conexos.

“Tal situación se adecuaría a la causal 4 del artículo 51 del CPP, pues hay relación en el lugar y tiempo en el que se cometieron los ilícitos, y la evidencia recolectada por la fiscalía influye, recíprocamente, en los hechos atribuidos a Óscar y a David Zuluaga”.

Entonces, el Tribunal declaró infundada la aceptación de incompetencia de la jueza Segunda Especializada de Bogotá y le ordenó retomar el juicio en contra del excandidato presidencial y su hijo por el caso Odebrecht.

El Tribunal Superior de Bogotá tumbó declaratoria de incompetencia de jueza en el caso de Óscar Iván Zuluaga y ordena retomar acusación por el caso Odebrecht

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