Exgobernadora del Putumayo no tendrá que responder por muertes en avalancha de Mocoa

Para la Corte Suprema no se logró acreditar que hubiere conocido el resultado del contrato de interventoría en el que se pronosticaba la ocurrencia del fenómeno natural

Sorrel Parisa Aroca Rodríguez, gobernadora del Putumayo. Foto: Colprensa

Sorrel Parisa Aroca Rodríguez, gobernadora del Putumayo. Foto: Colprensa(Thot)

Tras un homenaje a las 336 víctimas fatales de la catástrofe natural de la “aciaga noche del 31 de marzo que llevó al amanecer sombrío del 1º de abril de 2017″, la Corte Suprema de Justicia se pronunció de fondo en el proceso adelantado contra de la exgobernadora del departamento de Putumayo, Sorrel Parisa Aroca Rodríguez.

En decisión unánime la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró a la exmandataria departamental inocente de la acusación que la Fiscalía General de la Nación hizo en su contra como autora del delito de homicidio culposo en concurso homogéneo.

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Según la decisión de primera instancia, si bien la Fiscalía demostró que la acusada ostentaba la posición de garantía en materia de Gestión del Riesgo de Desastre respecto de la población del Departamento, las actividades cuya omisión fueron reprochadas en la acusación escaparon del marco funcional de competencia de Sorrel Aroca y, además, extralimitaron las posibilidades de actividad que aquella hubiere podido ejecutar.

Para la Corte, no se logró acreditar que la acusada hubiere conocido el resultado del contrato de interventoría en el que, según la acusación, se pronosticaba la ocurrencia del fenómeno natural destructivo que acabó con múltiples vidas humanas y tampoco ofrecía la fiabilidad para adelantar acciones de salvamento como aquellas reprochadas como génesis de los fallecimientos.

Señalaron que las condiciones morfológicas y geográficas de la región –piedemonte amazónico– y el margen de conocimiento que se erigía en la acusada para la fecha de este desastre, la Sala Especial de Primera Instancia encontró que no le era exigible actuar en una forma diversa a la que adelantó.

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Resaltó la Corporación que a la Fiscalía le correspondía demostrar que la conducta omisiva de la acusada incidió en el deceso de las 336 personas, aspecto respecto del cual no medió prueba que pudiere acreditarlo. En tal medida, al no haber podido demostrar la existencia de la conducta delictiva, ni la responsabilidad en cabeza de la acusada, le declaró inocente.

Finalmente, se hizo un llamado a las autoridades políticas y administrativas de los órdenes nacional y territorial, ambiental y de gestión del riesgo, para que adopten medidas que minimicen la vulnerabilidad de las comunidades e infraestructura ubicadas en las zonas de riesgo del municipio de Mocoa

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