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¿Cuánto tiempo tiene el arrendador para reclamar daños? Esto podría reclamar

Aunque en la mayoría de los casos el dueño debe responder por daños, le contamos cuáles son las excepciones.

Arrendatario y arrendador, entrega de inmueble , imagen de referencia // Getty Images

Arrendatario y arrendador, entrega de inmueble , imagen de referencia // Getty Images

El 40,2% de los colombianos paga un canon de arrendamiento mensual por un espacio para vivir con su familia, según datos de la reciente Encuesta Nacional de Calidad de Vida del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), por lo que las preguntas sobre arrendatario y arrendador no paran.

Una de las dudas más comunes, es en cuáles casos el arrendador puede reclamarle a su arrendatario por daños en el inmueble, el tiempo que tiene para hacerlo y de que forma es el proceso.

De acuerdo con Martín Monzón, CEO del portal Finca Raíz, en la gran mayoría de casos es el dueño quien debe responder por los daños, pero “las excepciones son cuando el daño es causado por las personas que están arrendando y es una reparación que se da por fuera del uso normal o el desgaste usual”.

En el caso de que las reparaciones sean indispensables para poder seguir habitando el inmueble o se deriven del desgaste natural deberían asumirse por el arrendador, según lo expuesto en el artículo 27 de la Ley 820 de 2003.

No obstante, el arrendador o inquilino deberá asumir los gastos de los daños ocasionados por su culpa, como por ejemplo si se ocasionan obstrucciones de cañerías por desechos inadecuados, como pales, curaciones o sobras alimenticias; vidrios rotos por algún accidente o conflicto, entre otros.

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¿Cuánto tiempo tiene el arrendador para reclamar daños?

La ley colombiana no establece un plazo específico para que el arrendador reclame daños al arrendatario. Sin embargo, la jurisprudencia ha establecido que el arrendador debe realizar la reclamación antes de volver a poner en alquiler la vivienda. Lo ideal es revisar y reclamar los daños durante los primeros 30 días.

Por tanto, si el arrendador quiere reclamar daños al arrendatario, lo recomendable es que lo haga dentro de los 30 días posteriores a la terminación del contrato de arrendamiento. De lo contrario, es posible que el arrendatario pueda argumentar que el daño se produjo por el desgaste natural del inmueble y, por lo tanto, no es responsable de su reparación.

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En caso de que el arrendador decida reclamar daños al arrendatario después de los 30 días, debe demostrar que el daño fue causado por el arrendatario y no por el desgaste natural del inmueble. Para ello, puede presentar pruebas como fotografías, videos, testimonios de testigos o informes de peritos.

El arrendador puede reclamar el pago de los daños en dinero o en especie. En caso de que el arrendador opte por el pago en dinero, puede descontarlo del canon de arrendamiento o exigirlo judicialmente.

Consejos para arrendar un inmueble

Los expertos de Metro Cuadrado, han dado algunas recomendaciones para aquellos que invierten en finca raíz y esperan generar buenas ganancias al arrendar un inmueble.

Algunos de los más destacados son:

  • Presentar el inmueble de la mejor forma posible, que no tenga daños estructurales, humedad en las paredes, que los acabados en pisos, enchapes y puertas estén en óptimas condiciones; pues todo entra por los ojos.
  • Pintar el inmueble de color blanco ya que le aportará más luz a los espacios, le dará sensación de limpieza y le generará mayor amplitud.
  • Cuando piense en alquilar una vivienda, hágase la pregunta “¿yo viviría aquí?”.

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