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¿Cómo reportar vehículos mal parqueados? Recibirían multa de más de 500 mil pesos

Si usted es de las personas que confían en que una calle poco transitada es un buen sitio para parquear, tenga en cuenta la alta multa con la que podrían sancionarlo las autoridades.

Vehículos transitando en Bogotá. Foto: Colprensa.

Vehículos transitando en Bogotá. Foto: Colprensa.

Dejar los vehículos parqueados en zonas prohibidas es una práctica común en Colombia. Para Bogotá, el número de casos es tan alto que parece que parquear violando las leyes se ha hecho costumbre.

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Solo en 2022, según cifras de la Secretaría de Movilidad de Bogotá, esta infracción de tránsito tuvo una incidencia del 68% en la ciudad. Tres de cada diez conductores en Bogotá dejan mal parqueado su vehículo.

El incumplimiento de las normas de tránsito en cuanto a este aspecto se suma a una larga lista de temas que hacen de la movilidad en Bogotá un asunto realmente complejo.

Obstaculizar las vías, incluso las que son poco transitadas, así como el ingreso a garajes y parqueaderos privados, es un error que le puede salir muy costoso.

Sin embargo, no siempre es culpa de los conductores. No en pocas ocasiones la falta de señalización hace que los dueños de vehículos parqueen en zonas prohibidas.

Por parquearse en un sitio restringido no solo puede hacerse merecedor de una multa. También podría provocar accidentes como el choque con otro vehículo. Incluso poner en riesgo la vía de un peatón que tenga que esquivar su vehículo.

¿En qué lugares no se puede parquear?

El Código Nacional de Tránsito, aprobado a través de la Ley 769 de 2002, es la regla mediante la cual se disponen todas las medidas para que los conductores de cualquier tipo de vehículo y los peatones puedan transitar las calles sin causar problemas en la movilidad.

Entre estas reglas se expone una lista de los sitios en los que está prohibido parquear:

  • Andenes, zonas verdes y espacio público destinado al tránsito de peatones.
  • Vías principales, autopistas, cruces viales, intersecciones, curvas y zonas de seguridad.
  • Puentes, viaductos, túneles, pasos bajos, estructuras elevadas y las vías de acceso a estas estructuras.
  • Paradas de transporte público, zonas de cargue y descargue.
  • Frente a hidrantes de acueductos, garajes y parqueaderos.
  • En una doble fila de vehículos estacionados.
  • Vías que interfieren con los servicios de transporte férreo.
  • Sitios de comercio y obras de construcción de los perímetros urbanos.
  • En los sitios especiales en los que las autoridades marquen un cierre o prohibición vial.

Tenga en cuenta que no solo puede ser multado cuando un agente de tránsito lo encuentre parqueado en la zona prohibida. Un ciudadano también puede informar a las autoridades sobre estos casos.

Reportar una infracción de tránsito

Si usted se encuentra con un vehículo mal parqueado y que cree que obstaculiza la movilidad de la zona y por su ubicación representa un peligro para peatones y conductores, no dude en dar aviso a las autoridades.

No recibirá un estímulo especial, como sucede en otros casos de la legislación colombiana. Sin embargo, podrá aportar a la movilidad de la ciudad.

Para reportar infracciones de tránsito, como los vehículos parqueados en zonas prohibidas en Bogotá, solo debe elegir por una de las siguientes tres opciones o canales de comunicación con las autoridades.

  • Envíe un mensaje a alguna de las redes sociales de la Secretaría Distrital de Movilidad. Los canales como Twitter y Facebook de la entidad siempre están abiertos para recibir las denuncias.
  • Denuncie la situación directamente con la Policía de Tránsito, llamando desde Bogotá al 123 o a la línea nacional 767.
  • Si ve un agente de tránsito cercano al sitio en el que se encuentra el vehículo mal parqueado, no dude en acercarse y darle a conocer la situación para que pueda verificarlo y aplicar la sanción.

Recuerde que las multas de tránsito y su valor dependen de la gravedad de la infracción. Para el caso del parqueo en sitios prohibidos, el valor de la sanción es de $522.900.

Ese valor aplica para el año 2023. Pero, igual que la mayoría de conceptos de gasto de las personas, el monto aumenta año tras año según los términos de la política económica del país.

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