¿Debe declarar renta? Paso a paso para descarga los certificados de pago de impuestos
Siga este instructivo para poder llevar a cabo la declaración y pago del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios
El próximo 20 de octubre se vence el plazo para declarar y pagar el Impuesto Sobre la Renta y Complementarios por parte de personas naturales en Colombia, según anunció la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Sin embargo, la entidad explicó que los plazos fueron establecidos conforme a los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) con el propósito de cumplir con su obligación fiscal correspondiente al año gravable de 2022.
Sin embargo, para llevar a cabo este trámite necesita certificado de sus ingresos, la copia del certificado de inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) y la declaración o el estado de cuenta del impuesto predial de los bienes inmuebles.
Paso a paso para descargar certificados
Por esta razón, le compartimos el paso a paso para descargar los certificados de pago de impuestos en caso de que resida en la capital con el propósito que pueda realizar la declaración de renta.
- Lo primero que debe hacer es ingresar a la página de la Secretaría de Hacienda www.haciendabogota.gov.co
- Posteriormente, debe entrar en la sección ‘Trámites y servicios más consultados’
- Una vez se encuentre adentro de la sección debe seleccionar la opción ‘Ingreso Oficina Virtual’
- En esta opción debe digitar el usuario (correo electrónico) y la contraseña
- Cuando ingrese a la plataforma, seleccione la opción ‘Contribuyente’
- Posteriormente, debe dirigirse a la pestaña ‘Consultas’ y elegir la opción ‘Certificaciones de pago’
- En esta sección podrá descargar los certificados necesarios para poder llevar a cabo la declaración y el pago del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios
Recomendación: habilite la opción de ventanas emergentes en su buscador con el propósito de poder realizar la descarga sin inconvenientes.
¿Quiénes deben declarar renta?
- Tener un patrimonio bruto superior a 4500 Unidad de Valor Tributario (UVT) ($160.232.000) a 31 de diciembre de 2020.
- Haber obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
- Haber realizado consumos mediante tarjeta de crédito superiores a 1400 UVT ($ 49.850.000) durante el año 2020.
- Haber realizado compras y consumos totales superiores a mil cuatrocientas 1400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
- Haber realizado consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a mil cuatrocientas 1400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
- Ser responsable del IVA al cierre del año gravable 2020.