¿Qué dice la Corte sobre la vinculación de trabajadores en distintos contratos sucesivos?

El alto tribunal señaló que aunque se vincule a un trabajador con distintos contratos en realidad siempre se trata de un único contrato a término indefinido. Conozca detalles

Contrato, imagen de referencia | Foto: GettyImages

Contrato, imagen de referencia | Foto: GettyImages / Jirapong Manustrong

La Sala de Casación Labora de la Corte Suprema de Justicia mantuvo una condena a la empresa Avianca en la que señala que aunque vinculó a un trabajador con distintos contratos por 17 años, en realidad siempre se trató de un único contrato a término indefinido, pues su servicio nunca fue interrumpido ni cambió su objeto del trabajo.

“De antaño, esta Sala ha adoctrinado que en ocasiones no se puede considerar que existan contratos sucesivos en el desarrollo de una relación laboral, cuando no hay diferencias sustanciales en el objeto mismo del contrato, vale decir, cuando la esencia de lo pactado no varía, a pesar de las formas distintas que pretendan otorgársele a dicho negocio jurídico”, señala el fallo.

Es importante resaltar que esta decisión se tomó luego de que un hombre estuviera vinculado a la empresa de Avianca desde el año 1996 hasta el 2013 tanto de manera directa como por medio de varias cooperativas. Sin embargo, en el 2013 lo despidieron sin justa causa, por lo que condenó a Avianca a pagarle una indemnización.

El caso llegó a la Corte y señaló que el trabajador no sufrió ninguna interrupción en el contrato por eso “el vínculo que existió entre el actor y Avianca S.A. durante el período que esta recurrió ilegalmente a la contratación a través de cooperativas, fue un contrato de trabajo a término indefinido”.

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