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Constructores rurales de Cartagena no estarán obligados a ceder suelos: Juez sobre el POT

La decisión se adoptó con base a una demanda de nulidad interpuesta por Camacol Bolívar

Colprensa

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Una importante decisión que tiene influencia directa en materia de desarrollo urbanístico, fue proferida por el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Cartagena, quien atendiendo una demanda de nulidad interpuesta por Camacol Bolívar, determinó suspender de manera provisional la expresión “obligatoria” en los artículos 291, 304, 305 y 306 del POT Decreto 0977 de 2001.

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Lo anterior hace que los constructores en zonas rurales se “liberen” del compromiso que tenían en ceder suelos, en cierta medida, como contraprestación para ejecutar sus proyectos inmobiliarios.

Hay baja ejecución presupuestal y exceso de capacitaciones en alcaldías locales: Concejo

El fallo del tribunal, toma en cuenta una providencia de Guachancipá- Cundinamarca, donde en circunstancias similares el Consejo de Estado le dio la razón a los accionantes quienes solo podrán entregar lote solo si es su voluntad.

Por ahora ni el Concejo de Cartagena ni la administración distrital se han pronunciado sobre esta sentencia.

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