Cómo Hacer

¿Vecinos ruidosos? Qué debe hacer si tiene conflictos y problemas de convivencia

Si tiene vecinos que interfieren con la paz de su hogar a altas horas de la noche o fines de semana, le presentamos algunas soluciones

Vecinos ruidosos y molestos

Vecinos ruidosos y molestos / Pheelings Media

En el mundo existen reglas de convivencia que son esenciales y que todas las personas deben cumplir por igual para gozar espacios en armonía y respeto. Sin embargo, es común encontrarse con que algunos vecinos hacen caso omiso a dichas normas.

Un simple ruido puede pasar de ser normal a convertirse en un verdadero dolor de cabeza y un problema que afecte a su bienestar, tranquilidad y su salud. Por eso, si tiene vecinos ruidosos y no sabe qué hacer, le presentamos algunas claves para ponerle solución a esta molesta situación y a afrontarlo.

Debe saber que si su vecino hace fiestas recurrentes, con riñas incluidas, o tiene una construcción hasta altas horas de la noche, la ley lo ampara e incluso puede considar tomar medidas legales.

Según el Ministerio de Justicia, para casos en los cuales se presenten situaciones que irrespeten y afecten la tranquilidad de las personas, la Policía Nacional puede imponer las medidas correctivas a que haya lugar, tales como: multas, amonestaciones, entre otras.

¿Qué hacer?

En estos casos es recomendable como primera medida optar por el diálogo e intentar llegar a un acuerdo amigable con su vecino.

No obstante, en caso de que lo anterior no sea suficiente, también puede presentar el caso ante el Comité de Convivencia de su edificio o conjunto o a la Junta de Acción Comunal del barrio para llegar a un arreglo sobre este evento.

Lea también

En caso de no lograr un acuerdo con el vecino ruidoso, o que este siga haciendo ruido, usted puede llamar a la línea de emergencia 123 o acudir a la autoridad policiva (policía uniformado, cuadrante o CAI que se encuentre cerca del lugar), para informar sobre los hechos.

Posteriormente, la Policía se encargará de verificar si efectivamente la conducta existió y si no hay duda de ello, procederá a realizar el siguiente procedimiento:

  • Abordará a la persona en el lugar de los hechos.
  • Le deberá informar la infracción que presuntamente cometió.
  • El presunto implicado tendrá que ser escuchado con el objetivo de que se defienda (puede presentar videos, fotos, grabaciones y demás pruebas para defenderse).
  • Si definitivamente considera que se ha cometido una infracción, la Policía podrá imponer comparendo, que en este caso será de $393.000 e incluso podrá desactivar temporalmente la fuente del ruido si el infractor se niega a desactivarlo.

Después de que la autoridad policiva imponga el comparendo, el infractor podrá presentar recurso de apelación, en caso de no estar de acuerdo con este, ante el inspector de policía, quien verificará las pruebas y confirmará o revocará la medida impuesta. El comparendo será trasladado al inspector de policía dentro de las 24 horas siguientes a su imposición y este tendrá tres (3) días hábiles para resolver la apelación, en caso de que se presente.

¿Qué pasa si el ruido persiste?

Si el vecino no cumple con la decisión del Inspector de Policía, se expone a la imposición de multas o incluso un procedimiento penal por fraude a resolución administrativa.

Así mismo, de acuerdo a lo expuesto por el ministerio de Justicia, en cualquier momento es posible intentar solucionar entre las partes a través de un centro de convivencia, conciliador en equidad, Defensoría del Pueblo, solicitando iniciar un trámite de conciliación. A falta de las anteriores autoridades en su municipio, podrá acudir al Personero Municipal.

Así mismo, si requiere mayor información o asesoría sobre los trámites y alternativas en caso de conflictos entre vecinos, o no cuenta con el dinero suficiente para contratar un abogado, usted podrá acercarse a la Personería, Defensoría del Pueblo, casas de justicia, centro de convivencia o consultorios jurídicos de su municipio.

¿Dónde acudir?

  • Casa de justicia
  • Centro de conciliación
  • Centro de convivencia ciudadana
  • Conciliador en equidad
  • Defensoría del Pueblo
  • Inspección de Policía
  • Personería Municipal
  • Policía Nacional

Recuerde que ninguno de los trámites mencionados tiene costo y no necesita de un abogado para presentar sus denuncias.

Un dato importante que debe considerar es que en muchas ocasiones sus vecinos pueden bajar el volumen de la música o disminuir el ruido cuando la Policía llega a revisar el domicilio. Es por eso que se recomienda registrar la actividad para tener constancia y demostrar que efectivamente estaban perturbando su tranquilidad y la de la comunidad.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad