Justicia

Corte Suprema declara inocente al exdirector de  fiscalías por enriquecimiento ilícito

El exfuncionario, Justo Pastor Rodríguez, también ocupo el cargo de subdirector en el antiguo Departamento Administrativo de Seguridad (DAS)

Cinco magistrados de la Sala Penal de la Corte Suprema se van a China hasta sus vacaciones. Siete de la Corte Constitucional viajaron a Palestina, El Salvador y Alemania. Foto: Colprensa - Luisa Fernanda González

Cinco magistrados de la Sala Penal de la Corte Suprema se van a China hasta sus vacaciones. Siete de la Corte Constitucional viajaron a Palestina, El Salvador y Alemania. Foto: Colprensa - Luisa Fernanda González(Thot)

Bogota

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia absolvió a Justo Pastor Rodríguez Herrera, quien es acusado de supuesto enriquecimiento ilícito cuando ocupó los anteriores cargos de director nacional de Fiscalías y subdirector en el antiguo Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), entre los años 1998 y 2004.

En esa época, la Fiscalía General de la Nación señaló que el investigado presuntamente había incrementado su patrimonio de manera injustificada en más de $ 427 millones y que esos recursos correspondían a sumas depositadas en cuentas bancarias, dineros en efectivo que le fueron hurtados en el Club Militar y a la compra de un vehículo.

Sin embargo, al estudiar las acusaciones, los magistrados de la Alta Corte concluyeron que no existen pruebas para determinar con suficiencia el incremento patrimonial injustificado de Rodríguez Herrera y advirtieron que hubo falencias investigativas por parte de la Fiscalía al no adelantar su labor con el rigor que exige un delito como el de enriquecimiento ilícito.

“Precisamente, cuando la Fiscalía no efectúa una investigación integral y no allega prueba que respalde en el grado de certeza la hipótesis sustento de la acusación, tal responsabilidad no la puede trasladar al sujeto pasivo de la acción penal judicial y aquí es claro que correspondía a dicho ente no limitarse a hacer una sumatoria de los extractos bancarios, sino a recopilar los soportes de los movimientos financieros (…)”, señaló la Sala.

“Esa falta de precisión pasa a segundo plano frente al hecho que el estudio patrimonial por parte de la Fiscalía fue incompleto, Amén de los desaciertos matemáticos que le restan la confiabilidad para acreditar cabalmente la tipicidad del delito de enriquecimiento ilícito”, concluyó el fallo de la Corte.

Finalmente, la Corte Suprema de Justicia, declaró inocente al exfuncionario judicial, pidió levantar la medida de aseguramiento y cancelar las anotaciones emitidas en su contra.

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