Justicia

Corte: “Divulgación periodística no está sujeta a la búsqueda de la verdad judicial”

La Corte Suprema de Justicia, absolvió al periódico ‘El Espectador’, por el caso de la publicación de un artículo en el que denunció grabaciones a pacientes en un centro estético. 

Corte Suprema de Justicia. Foto: Colprensa.

Corte Suprema de Justicia. Foto: Colprensa.

Bogotá

La decisión del Alto Tribunal, se da tras estudiar el caso que tuvo lugar en diciembre de 2010, cuando el diario ‘El Espectador’, publicó un artículo denominado “Depilación Polémica”, en el que acusó al médico cirujano Roberto Ángulo, de vulnerar la privacidad de los pacientes, pues supuestamente grababan a quienes acudían a procesos de depilación.

Sin embargo, tiempo después el diario aclaró que el centro estético, en cabeza del médico cirujano, nunca grabó a sus pacientes y no infringió en normas sobre el derecho a la intimidad.

La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema, determinó que ‘El Espectador’ no incurrió en responsabilidad civil y, no se probó que su publicación ocasionará los perjuicios por $2.391′887.224.00 que reclamaban los demandantes.

Por otro lado, el tribunal ratificó que la divulgación periodística no está sujeta a “un ejercicio investigativo tan exhausto que equivalga a la búsqueda de la verdad judicial de los hechos”.

Finalmente, La Sala de Casación Civil y Agraria destacó que la libertad de expresión es un pilar esencial de toda democracia, “en tanto funge como vehículo de doble vía para que cualquier integrante del conglomerado, de un lado, aprehenda saberes de su interés, que a su vez le sirvan para adoptar decisiones relevantes”,

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