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¿Procuraduría debería investigar contrato de influenciadores del Gobierno?

Elmer Montaña, es uno de los influenciadores a quién la agencia Du Brans, calificó como: negativo en relación con su afinidad con el actual gobierno

La Corte Suprema de Justicia hizo fuertes cuestionamientos al Gobierno del presidente Iván Duque y a la firma Du Brands por el listado de influenciadores en donde se calificaba las tendencias del gobierno en sus redes sociales.

¿Qué sigue tras el fallo de la Corte?

Elmer Montaña, es uno de los influenciadores a quién la agencia Du Brans, calificó como: negativo en relación con su afinidad con el actual gobierno. Elmer Montaña basado en que su tendencia política es información sensible y se requiere de su autorización para recaudar este tipo de datos de sus redes sociales, presentó una acción de tutela que fue fallada por el Tribunal de Cali, amparando sus derechos a la libertad de opinión y al habeas data, la Presidencia apeló el fallo del tribunal argumentando que estaba legitimada para hacer estos perfilamientos.

Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia confirmó la decisión del tribunal, y señaló que el Gobierno Nacional no podía clasificar a las personas que opinan a favor o en contra del Gobierno sin su autorización. “Las decisiones adoptadas, ratifican y protegen los valoren democráticos sobre los que están fundados nuestro Estado Social de Derecho, una vez más la tutela ampara nuestros derechos, que en este caso el presidente de la República ordenó clasificar como negativos y enlistar a quienes ejercemos el derecho de expresar nuestras opiniones y críticas contra el Gobierno nacional”, señaló Elmer Montaña.

La agencia Du Brans fue la encargada de recaudar esta información, por medio de un contrato con Presidencia, contrato que según Montaña sería ilegítimo: “El Fallo de la justicia deja claro que la actuación de la presidencia de la República fue inconstitucional e ilegal, por lo tanto el contrato que la dirección administrativa de la presidencia suscribió con la firma Du Brans para realizar estas listas o perfilamientos carecen de objeto lícito”, por lo que el influenciador y abogado señaló que se requiere la intervención de las entidades competentes: “Por lo que la Procuraduría y Contraloría deben intervenir y garantizar que los dineros pagador retornen a las arcas del estado y se pongan las sanciones disciplinarias, fiscales e incluso penales”.

La abogada especialista en derecho administrativo, Alejandra Lasso, citó el artículo 1502 del código civil que dice: “Que para que un contrato sea lícito debe recaer sobre un objeto lícito”, “de no ser lícito ese objeto el contrato estará viciado de nulidad, y en mi concepto es una nulidad absoluta, estaría la segunda óptica que sería la responsabilidad penal y la tercera que sería la responsabilidad administrativa”.

Jonathan Bock, director ejecutivo de la FLIP señaló que este listado se conoció debido a una investigación que inició la FLIP cuando se indagaba por los recursos públicos de Presidencia utilizados en publicidad: “Estaban calificando a más de 460 influenciadores en positivo, negativo o neutro según las opiniones políticas que los usuarios expresaban en sus redes sociales”.

Raissa Carrillo abogada de la FLIP señala que aún no son claras las razones por las que presidencia solicitó esta información y le pide también a la procuraduría investigar: “Se vulnera el derecho al habeas data y la libertad de expresión, en el proceso de tutela no queda claro, cuáles son los criterios que supuestamente aduce el gobierno para justificar esta práctica, ni el uso, ni su análisis, mientras la administración no de una explicación justificada a la constitución sobre el uso de estas categorías, se entiende como una etiqueta temperaría, la decisión de la Corte alerta sobre la necesidad de que la procuraduría investigue la responsabilidad disciplinaria de quienes avalaron esta práctica”:

A propósito de la FLIP, conocimos que esta semana se reunirá con la Procuraduría General de la Nación para hablar nuevamente sobre libertad de expresión, en este caso libertad de prensa, debido a una circular que se conoció recientemente en donde se le ordena a los procuradores no darle información a medios de comunicación, su director, Jonathan Bock, dice que ve con preocupación las dinámicas que generan obstáculos para los periodistas: “Frente esto hemos emitido alertas y tendremos una reunión con la procuraduría para explicarle las preocupaciones que tenemos y entendemos que desde la procuraduría hay un compromiso para que esto no afecte el acceso a la información pública”

La FLIP ha sostenido que, la estricta coordinación administrativa no es una razón suficiente para romper con el flujo de información que afecten la libertad de prensa y el acceso a las fuentes.

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