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Justicia
Corte Constitucional

Cirugía reconstructiva por bypass gástrico, no tiene fines estéticos: Corte

La Corte Constitucional le ordenó a una EPS practicar cirugía reconstructiva post bypass gástrico a un paciente

(pixabay - deborabalves)

La Corte Constitucional considera que los procedimientos quirúrgicos ordenados a la demandante, aparentemente excluidos del bypass gástrico, buscan corregir problemas generados por el diagnóstico de obesidad mórbida que padece y están orientados a dar solución a las secuelas que quedaron de la cirugía inicial.

Para el alto tribunal, dichos procedimientos no podían ser calificados como una cirugía plástica “estética” o “cosmética”, en tanto cumplían fines reconstructivos funcionales tendientes a impedir afectaciones físicas y psicológicas de la paciente, además de permitirle llevar una vida en condiciones dignas.

Se concede el amparo invocado a la demandante y se ordena a la EPS dar inicio al procedimiento establecido para autorizar y garantizar los procedimientos y tratamientos ordenados por el especialista en salud que revisó la tutela.

 

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