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Las empresas que explotan recursos mineros deben seguir pagando regalías

La Corte avaló la norma que obliga a que las empresas que explotan recursos mineros a que paguen regalías en sala plena virtual

Esta norma obliga a que las empresas que explotan recursos mineros paguen regalías por poseer derechos económicos sobre marcas, derechos de autor, licencias de uso y demás activos intangibles que posean en el exterior.

La Corte declaró ajustada a la Constitución, la norma de la Reforma Tributaria del 2016 que restringe la posibilidad de deducir del pago de regalías por activos intangibles, cuando estos se encuentren en el exterior o estén vinculados a las zonas francas, la norma indica que, dentro de las limitaciones del pago de regalías, no se acepta la deducción del pago por este concepto, a formados en el territorio nacional.

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La Corte indica que, esto no contraria la constitución:

"En la sala plena de la Corte se incluyó el análisis del expediente mediante el cual se analiza la demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 70 de la Ley 1819 de 2016: “Por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal, y se dictan otras disposiciones”.

La magistrada Cristina Pardo Schlesinger realizó una manifestación de impedimento por este tema y el magistrado Alejandro Linares salvó voto