Salud y bienestar

Coronavirus Covid-19

Cremación, el primer mecanismo a usar en cadáveres por COVID-19

El Ministerio de Salud dio lineamientos sobre el manejo de los cuerpos

Cremación, el primer mecanismo a usar en cadáveres por COVID-19

Cremación, el primer mecanismo a usar en cadáveres por COVID-19(Getty Images)

El Ministerio de Salud expidió los lineamientos para el manejo de los cuerpos de los fallecidos por coronavirus, y dijo que la cremación es preferiblemente la medida que debe tomarse.

Según lo explicó la subdirectora de Salud Ambiental del MinSalud, Adriana Estrada, en caso de que el municipio no cuente con las instalaciones para realizar ese procedimiento, se podrá practicar la inhumación en sepultura o bóveda.

También dijo que el tiempo es vital por lo que reitero que no se permitirán velaciones, despedidas o ceremonias religiosas pues “el transporte, la cremación o inhumación se deben realizar en el menor tiempo posible y cumpliendo las medidas de bioseguridad y las orientaciones que establezcan el personal de salud y las administraciones de los cementerios”.

Las medidas también buscan proteger a las personas que trabajan en servicios fúnebres.

“En la eventualidad en el que un deceso por COVID-19 ocurra en la vivienda, lo primero a realizar es la notificación a la Secretaria de Salud, para que esta realice la coordinación con la EPS respectiva y se efectúe el proceso de certificación del cadáver, toma de muestras, alistamiento y posteriormente entrega al servicio funerario”, dice el ministerio.

Si la muerte se da en un hospital o IPS se debe certificar e informar a los familiares para que coordinen el servicio funerario.

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El Ministerio de Salud dio a conocer una serie de medidas generales sobre los cuidados que deben tener las instituciones y personal relacionado a todos los procesos desde el momento de la muerte hasta la disposición final del cadáver.

En el manejo de cadáveres con causa de muerte probable o confirmada por Covid-19 se deben tener en cuenta los principios de precaución y dignidad humana en todo momento de la manipulación, la cual debe ser limitada en la medida de lo posible, evitando contacto directo con fluidos o heces fecales, utilizando máscaras de filtración FFP2 o N95 en el momento del levantamiento.

Durante el proceso de manipulación se debe minimizar los procedimientos que generen aerosoles, restringiéndolos solo aquellos que sean necesarios en la preparación del cadáver para cremación o inhumación y en los procedimientos de necropsias. Asimismo, queda restringida la realización de necropsias sanitarias, viscerotomías o similares, prácticas de embalsamamiento y tanatopraxia en casos con diagnostico presuntivo o confirmado de infección por Covid-19.

Para todos los casos y todos los individuos relacionados con dichos procesos es obligatorio el uso permanente de doble guante; máscaras de filtración FFP2 o N95 (no tapabocas convencional); mono gafas para evitar salpicaduras y batas impermeables de manga larga (si la bata no es impermeable, añadir un delantal plástico desechable). Estos elementos deberán ser eliminados inmediatamente y no reutilizados en los casos en que dichos elementos puedan serlo.

En el área hospitalaria donde ocurrió el deceso, el prestador de servicios de salud debe realizar la limpieza y desinfección terminal de toda la zona y elementos (cama, equipos de la cabecera, colchonetas, puertas, cerraduras, ventanas, baño, etc.), incluyendo todos los que sean reutilizables, de acuerdo a los protocolos definidos por la institución. La desinfección no aplica para máscaras y filtros de máscaras reutilizables. Además, deben colocar el cadáver en doble bolsa específica para cadáveres de 150 micras o más de espesor, resistentes a la filtración de líquidos y realizar la desinfección de ambas bolsas previamente al traslado.

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La disposición final del cadáver será preferiblemente mediante cremación. Cuando no se cuente con este tipo de instalaciones en el territorio donde ocurrió el deceso, se practicará la inhumación en sepultura o bóveda. En todo caso, el alistamiento del cadáver se realizará siempre en el lugar del deceso y no se permitirá el traslado hacia otra ciudad o municipio para su disposición final. En los casos que se requiera necropsia médico legal, se debe contar con la orden del fiscal del caso para la cremación.

El transporte, la cremación o inhumación, según sea el caso, se efectuará en el menor tiempo posible, con el fin prevenir la exposición de los trabajadores y comunidad general al virus Covid-19. Se debe evitar la realización de rituales fúnebres que conlleven reuniones o aglomeraciones de personas.

La comunicación del riesgo en defunciones por Covid-19 deberá ser informada a todos los actores que intervienen en la gestión del cadáver y a sus familiares, de manera responsable y oportuna, garantizando que existan canales de comunicación entre IPS-Funeraria-Cementerio, IPS y Familiares, IPS y Secretarias de Salud.

En caso de que ocurra un deceso en casa que no haya recibido atención médica, del cual la autoridad sanitaria tenga conocimiento sobre la existencia de enfermedad, o antecedentes de viaje a zonas con circulación activa del virus, o contacto con un caso probable o confirmado de infección por Covid-19, deberá coordinar con la EAPB para que esta asigne el equipo de salud para desplazarse al domicilio, garantizando a través de autopsia verbal la documentación de las circunstancias que rodearon el deceso, establecer las posibles causas de muerte, así como la respectiva toma de muestras que sean procedentes.

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